La sentencia que aprecia ilegalidad en el convenio colectivo del sector sienta precedente y n la misma el juez considera que está discriminando a la mujer por razón de sexo.
En la actualidad hay una diferencia salarial de 17 céntimos a la hora a pesar de que realizan el mismo trabajo. Así por ejemplo a la mujer por un trabajo igual le pagan a 6,50 euros la hora a envasadoras mientra que al hombre le pagan 6,77 euros.
Una sentencia que aprecia además ilegalidad en el convenio colectivo del sector afectaría a unos 20.000 trabajadoras.
La sentencia del Juzgado de lo Social 1 de Almería concluye que no "concurre causa alguna o factor objetivo que justifique" la diferenciación salarial entre ambas categorías profesionales recogidas en el convenio colectivo ya que las funciones realizadas por hombres y mujeres "son de igual valor" y remarca que, en este caso además, ambos sexos "prestan servicios en los turnos de trabajo que la empresa organiza".