nuevodiario.es
(DIS)CAPACIDAD: EL NOMBRE SÍ IMPORTA por Martín Momblant, Antropólogo Social y Cultural.

(DIS)CAPACIDAD: EL NOMBRE SÍ IMPORTA por Martín Momblant, Antropólogo Social y Cultural.

martes 12 de marzo de 2024, 06:58h

¿Algún político o representante público podría indicarme a que se refieren cuando llegan a acuerdos legales sobre nuestra no capacidad? ¿No somos capaces de realizar qué cosa?

El pleno del Congreso aprobó, el día 18 de enero de 2024, la modificación del artículo 49 de la Constitución suprimiendo el término "disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos" por una nueva definición que se consensuó, por diferentes grupos políticos, por “personas con discapacidad”. Su entrada en vigor fue el mismo día que se publicó en el BOE (17 de febrero).

Muchos políticos, entidades, federaciones y organizaciones que, de una manera u otra, tienen relación con los colectivos afectados mostraron su alegría por esta modificación. Ahora bien, si el prefijo <DIS> tiene un significado de negación añadido al participio capacitado, esto nos llevaría a la deducción de que (DIS)capacitado se traduciría por NO-capacitado. Siendo como soy una persona con discapacidad: ¿algún político o representante público podría indicarme a que se refieren cuando llegan a acuerdos legales sobre nuestra no capacidad? ¿No somos capaces de realizar qué cosa? Hemos pasado de disminuido, menos-aptitudes sociales o menos-útil a no-capacitado. Pues vaya viaje que han hecho.

Hemos encontrado multitud de definiciones sobre discapacidad y pocas sobre lo no-discapacitado, lo normal, lo válido y ninguna nos parece del todo acertada. Todas las definiciones actuales están muy marcadas, o caracterizadas, por su significado asimétrico que se contraponen mediante dicotomías. Como lo definió la historiadora israelí L. Khlebnikova, en 1973, estos términos serían una redundancia como intersección del término no marcado. Además, este término está basado en el paradigma médico-rehabilitador con tecnologías basadas en la terapéutica y en la recuperación, en la que se dice que todas las personas tienen derecho a corregir su estado físico. La OMS (Organización Mundial de la Salud) en 1980, establece una clasificación internacional (CIDDM) que distingue los términos de deficiencia, discapacidad y minusvalía. Esta clasificación intentó ser general, desde una visión médica, y se proyectó a la vida de las personas con implicaciones sociales, políticas, laborales, culturales, etc. Utilizándose en ámbitos como la rehabilitación, la educación, la estadística, la política, la demografía, la economía, la legislación o la antropología.

Con anterioridad, en los siglos XVIII Y XIX, ya se aplicaban categorías como la del cuerpo anormal (Foucault). Esta posición se entiende como persona no normal, imperfecta, como una aberración natural. En el siglo XX se pasó a términos como subnormal; es decir, por debajo de lo normal. Inválidos o minusválidos, no-válidos; deficientes, sinónimo de defectuoso o incompleto; discapacitado, que guarda una relación dicotómica con capacidad; disminuido que no posee aptitudes normales. También se han conceptualizado y utilizado, de manera peyorativa otras categorías como: inútil, retrasado, idiota, mutilado, lisiado, etc... Todas estas denominaciones se apoyan en una dicotomía con lo normal estandarizado y están muy marcadas, por lo que no resultan útiles para definir concretamente una afectación biológica permanente del cuerpo como categoría social.

Me inclino por una definición sin aristas, neutra en relación al cuerpo como construcción social y para ello tomo de Antonio Iañez la definición de discapacidad como “la diversidad funcional” de tipo físico, mental, sensorial, visual, psicosocial, etc., basada en la propuesta de los activistas sociales Javier Romañach Cabrero y Manuel Lobato que lo propusieron en 2005. También el neurólogo y divulgador científico Oliver Sacks ya citaba las altas capacidades que podrían llegar a tener personas con diversidad funcional (discapacidad) en 1997.

La historia de personas famosas con diversidad funcional es muy extensa: Homero (narrador griego), Claudio (emperador romano), Stephen Hawking (físico teórico), Franklin D. Roosevelt (presidente de EEUU), A. Gramsci (filósofo y teórico marxista), H. Toulouse-Lautrec (pintor francés), John F. Nash (matemático), Stevie Wonder (cantante y compositor), etc. etc.… Así pues, me reafirmo en que si en el lenguaje habitual utilizamos expresiones como discapacidad, estamos trasmitiendo y asignando un carácter peyorativo y señalando un estigma social.

Como indicaba M. Mauss en 1934, sociólogo y antropólogo francés, en el cuerpo se ve reflejada la sociedad y de esta manera implicamos nuestro cuerpo en una dimensión social. Precisamente, en esta mirada social del cuerpo vemos que se adquieren ideas de relaciones de poder y de dominación, fundamentalmente, y en la actualidad como fuerza de producción. También se nos puede ver y categorizar como un producto social “a través de categorías de percepción y de sistemas de clasificación social” (Bourdieu).

Paralelamente, con la llegada del capitalismo globalizador, el liberalismo y el individualismo más extremo, las personas comenzaron a ser valoradas según su utilidad económica, y precisamente esta ideología, mayoritaria en nuestra sociedad, acentúa la exclusión social de las personas con diversidad funcional.

Si el lenguaje no solo define, sino que también construye nuestra realidad cómo valoramos que la Ley 13/82 LISMI, nos hable de la “Integración Social de los Minusválidos”, estableciendo en su artículo 12, apartado 2, las acciones “protectoras”, y, paralelamente, en el artículo 18 estipule los “procesos de rehabilitación”, influenciados, quizás, por el paradigma médico-rehabilitador propuesto por la OMS en 1980. Tanto en la LISMI como en la ley General de la S.S. prefieren usar el término discapacidad frente a los de minusvalía o deficiencia. Todos ellos marcados, dicotómicos, excluyentes y encuadrados en una estructura social determinada.

A partir de la nueva actualización de la RAE el término discapacidad ya no se definirá como la “disminución por un problema físico, sensorial o psíquico que incapacita total o parcialmente para el trabajo u otras tareas”. Como se observa una definición muy vinculada a la economía. La actual definición, ya modificada, indica que “se trata de la situación de la persona que, por sus condiciones físicas o mentales duraderas, se enfrenta con notables barreras de acceso a su participación social”. En esta nueva conceptualización se ponen de relieve las categorías de exclusión o integración. Añadir que, en dicha actualización de la RAE, se ha eliminado la palabra disminuido. Ahora solo falta que erradiquen la categoría (Dis) Capacidad en todos los ámbitos legales y sociales y entre todos busquemos un término más neutro que nos defina sin connotaciones peyorativas, asignación de estigmas o niveles de exclusión.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios