La jueza ha decretado ahora el sobreseimiento provisional respecto del delito de lesiones y de sobreseimiento libre respecto del delito de prevaricación administrativa, según un auto con fecha 29 de octubre y después de que el 24 de septiembre decidiera seguir adelante con el procedimiento penal acusando a 14 de los guardias civiles que participaron directamente en los hechos que provocaron la muerte de 15 personas.
Los hechos tuvieron lugar el 6 de febrero de 2014, cuando un grupo de inmigrantes trataban de acceder a nado a la playa del Tarajal.
Ese día los agentes que se encontaban allí usaron material antidisturbios como pelotas de goma y botes de humo sobre un grupo de unos 300 jóvenes que trataron de acceder a España desde la vecina playa marroquí.
El sobreseimiento provisional, es consecuencia del recurso de reforma interpuesto por el Ministerio Fiscal en base a la aplicación de la doctrina Botín.
La magistrada señala en su auto: “que no cabe acordar la apertura del juicio oral sólo a instancia de la acusación popular, realizando una interpretación literal y estricta del art. 782.1 de la LEC”
También la Abogacía del Estado había recurrido el auto de procesamiento del 24 de septiembre que decidía investigar a los guardias civiles.
Así mismo la abogacía del Estado argumentó para pedir el archivo de la causa ninguna de las víctimas había fallecido en el lado español, y que ninguno perdió la vida “por acción de los agentes españoles”.