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CaixaBank, condenada por la venta de bonos basura de la extinta Bankpime

CaixaBank, condenada por la venta de bonos basura de la extinta Bankpime

viernes 01 de diciembre de 2017, 20:13h
La entidad catalana heredó el negocio bancario de Bankpime tras su absorción en 2011,.

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia que condena a CaixaBank a responder por la venta fraudulenta de bonos basura de General Motors de Bankpime, empresa que fue absorbida por la entidad catalana junto a todo su negocio bancario.

La Sala de lo Civil del tribunal se ha reunido en pleno y ha confirmado que la cláusula por la que CaixaBank intentó eximirse de las relaciones contractuales de Bankpime era fraudulenta, al querer beneficiarse económicamente de esos contratos pero liberarse de sus responsabilidades.

El Supremo considera que esa cláusula atenta contra los derechos legítimos del cliente bancario, quien debía poder confiar en la fusión cuando se aprobó, en 2011, la compra de Bankpime por parte de CaixaBank.

El contrato por el que CaixaBank absorbía finalmente a la empresa Bankpime fue suscrito el 29 de septiembre de 2011, y sirvió para que Bankpime transmitiera a la entidad catalana «su negocio bancario como unidad económica».

A partir de ahí, Bankpime pasó a llamarse Ipme 2012 S.A., se dio de baja en el Registro de Bancos y Banqueros, renunció a operar como entidad de crédito y entró en concurso que terminó en la abertura de una fase de liquidación.

En el contrato de compraventa, las dos partes acordaron que CaixaBank adquiría únicamente los «elementos patrimoniales que conformaban el negocio bancario de Bankpime, incluyendo la intermediación de valores, depositaría y custodia, así como su gestora de fondos, sin 'sucesión universal'», tal como recoge 'La Información'.

Al mismo tiempo, el contrato añadía la cláusula mencionada por la queCaixaBank excluía de la cesión de contratos «los pasivos contingentes, tales como reclamaciones contractuales y extracontractuales presentes o futuras que puedan derivarse de la actividad del vendedor pasada o futura».

Para el Tribunal Supremo, esa cláusula «fraudulenta» buscaba beneficiarse de los contratos adquiridos previamente por Bankpime pero sin asumir las responsabilidades contractuales que la empresa absorbida tenía con sus clientes.

Bankpime ofreció durante años bonos considerados «basura» por las agencias de 'rating' desde 2005, e incluso los llegó a ofrecer como bonos con una rentabilidad anual del 7,25% sin advertir a los compradores de los riesgos de la operación.

La sentencia del Supremo da así la razón a dos inversores a los que la extinta Bankpime ofreció paquetes de 24.000 euros por bonos de General Motors. Los clientes no recibieron sus productos en 2009 después de que la empresa fuese intervenida por el Gobierno de Estados Unidos y su valor cayese drásticamente.

El Juzgado de Primera Instancia número 15 de Valencia dio la razón a los inversores el 30 de marzo de 2015 y condenó a CaixaBank como heredera del negocio bancario de Bankpime, pero la entidad financiera recurrió y la Audiencia Provincial de Valencia confirmó la sentencia en octubre del mismo año.

Dos años después es el Tribunal Supremo quien vuelve a confirmar la sentencia y hace a CaixaBank responsable del fraude orquestado por Bankpime después de comprar su negocio bancario, declarando su cláusula como «fraudulenta».

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