Un médico de familia ha sido condenado por la Audiencia Provincial de las Palmas a 29 años y medio de prisión tras haber cometido abusos sexuales contra 26 pacientes entre 2010 y 2019. Este profesional trabajaba en el Centro de Salud de Canalejas, que forma parte del sistema de salud pública de Canarias.
Durante el juicio realizado el pasado martes, el facultativo admitió haber abusado de varias mujeres durante las consultas médicas, expresando que lamentaba "profundamente" sus acciones. Ante la Sección Sexta de la Audiencia, reconoció que sometió a sus víctimas a diferentes tocamientos mientras les frotaba los órganos sexuales y simulaba ofrecerles un masaje.
Inicialmente, la Fiscalía solicitó una pena de 62 años de prisión, pero luego redujo su petición a 36 años debido a la compensación económica que el médico proporcionó a sus víctimas, un total de 121.500 euros. Por otro lado, la abogada del acusado argumentaba que una alteración psíquica que padecía en el momento de los abusos debía ser considerada como una circunstancia atenuante.
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La sentencia no solo conlleva una pena de prisión, sino que también establece la inhabilitación del doctor para ejercer la profesión médica durante el tiempo que dure la condena. Asimismo, se le prohíbe comunicarse o acercarse a cualquiera de las víctimas a menos de 150 metros de su hogar, lugar de trabajo u otros sitios que frecuenten.
Un médico de cabecera ha sido sentenciado por haber cometido 26 delitos de abuso sexual, de los cuales diez fueron continuados. Las penas impuestas para cada uno de los abusos varían entre nueve meses y un año y nueve meses de prisión. A pesar de acumular casi 30 años de condena, el doctor solo cumplirá un máximo de cinco años y tres meses, según lo establecido por la legislación actual. La sentencia detalla que el condenado tuvo una participación "directa y voluntaria" en los actos realizados con "la intención de satisfacer sus más reprobables instintos sexuales".
La presidenta del tribunal, la magistrada Eugenia Cabello, ha reconocido a las víctimas la reparación del daño mediante una indemnización económica, lo cual representa un "relevante esfuerzo reparador" hacia ellas. No obstante, el atenuante solicitado por la abogada debido a alteraciones psíquicas ha sido rechazado, ya que "no se determina la afectación que esta demencia produjo al tiempo de los hechos".