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'Centros escolares públicos, concertados y privados', por Pedro Cuesta Escudero autor de Por una escuela pública de calidad. Bases para una educación íntegra
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"Centros escolares públicos, concertados y privados", por Pedro Cuesta Escudero autor de Por una escuela pública de calidad. Bases para una educación íntegra

viernes 08 de diciembre de 2023, 10:25h
'Centros escolares públicos, concertados y privados', por Pedro Cuesta Escudero autor de Por una escuela pública de calidad. Bases para una educación íntegra

Como hemos apuntado en artículos anteriores tanto los centros de educación infantil, como los de educación primaria y los de educación secundaria obligatoria (ESO) deben estar coordinados a fin de que se garantice el trabajo pedagógico y educativo, porque, aunque corresponden a periodos distintos, persiguen el mismo objetivo : la educación y preparación de los jóvenes.

Para que hubiera más compenetración entre los centros dijimos que el educador/a-tutor de P5 debía pasar al colegio de primaria con sus alumnos/as para proseguir con ellos el proceso del inicio a la lectura y escritura y porque resulta más efectivo la continuidad con primaria, pues, aunque cada ciclo educativo tiene su propias características y sus propios objetivos, no significa que no haya una coordinación con la siguiente etapa. Y para el alumno/a no resulta tan traumático al cambiar de centro, si lo hace con el mismo educador/a que ya tenía en infantil. También dejamos constancia que los maestros/as de 6º de primaria debían rotar con sus discípulos a primero de secundaria para que tengan menos problemas de adaptación al acceder a una fase donde hay un ambiente menos protector y más exigente y con varios profesores/as lo que incrementa la variedad de estilos. Asimismo hemos apuntado que esos tres centros educativos contaban con la Comisión pedagógica, formada por el Equipo Directivo y los Coordinadores/as de cada centro y los Jefes de Departamento ubicados en secundaria, para componer el staff encargado de elaborar todos aquellos estudios técnicos, como los proyectos curriculares y los presupuestos generales de cada centro, aunque después han de ser enmendados y aprobados por los respectivos Claustros y Consejos escolares. Los profesores/as especialistas de la etapa infantil y primaria, gimnasia, música, lengua extranjera, etc., aunque forman parte del claustro donde ejercen, deben estar adscritos al Departamento correspondiente de secundaria donde deben programar sus actividades docentes y educativas a fin de que haya continuidad en las tres etapas. O sea, tres centros educativos diferentes pero embarcados en un mismo propósito.

La libertad de enseñanza

A comienzos de los años sesenta se entra en España en una nueva fase del capitalismo monopolista del Estado, que obliga a una serie de cambios en la estructura escolar, ya que las exigencias de la industrialización y de la reestructuración del capital español necesitan una mano de obra diversificada y especializada, con un mínimo de cualificación. A partir de ahora las posiciones de los distintos sectores y grupos dominantes ya no son homogéneas. Los tecnócratas del gobierno franquista difunden la idea de la rentabilidad económica de la educación, que lo corrobora el informe del Banco Mundial. Y se aprueba en 1970, como ya apuntamos, la Ley General de Educación (la de la EGB) Pero la amplia campaña triunfalista que acompañó a esta reforma sirvió, como contrapartida, para que los diversos sectores de la enseñanza y el conjunto de las clases populares tomaran cartas en la cuestión educativa. En los amplios movimientos de protesta que se genera subyace la creciente necesidad de que toda política educativa debe ser gestionada colectiva y democráticamente. Y se llega a la conclusión de que una educación avanzada se ha de hacer a través de la escuela pública. Y que las escuelas nunca han de ser centros de propaganda de cualquier confesión o ideología, por constituir un atentado a la convivencia y a la libertad de los alumnos/as. Ni tampoco los centros educativos han de ser empresas lucrativas, ya que la finalidad de educar fácilmente se reemplaza por la de buscar rentabilidad económica como cualquier industria o negocio.

La elaboración de la Constitución de 1978, como sabemos, fue el primer momento clave para intentar construir un nuevo modelo educativo. Pero a lo largo de 1977-78 los sectores más retrógrados y partidarios de una escuela confesional, en alianza con los más inmovilistas del sector privado de la enseñanza desencadenaron una guerra escolar con carácter poco menos que apocalíptico. Y al no poder continuar con una escuela confesional obligatoria a todos con el Estado democrático y laico que establece la Constitución, pero sintiéndose fuertes después de cuarenta años de monopolio, ahora exigen lo que antes estaba rotundamente prohibido: la libertad de enseñanza. Y tras un duro y apasionado debate se logran suficientes puntos de consenso que se traducen en el artículo 27 de la Constitución, en donde se reconoce la libertad de enseñanza. Aunque, también, es el punto de partida para que se pueda desarrollar una educación íntegra a todos los miembros de la sociedad.

Artículo 27

1.- Todos tienen derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza

(…)

7.- Los profesores, los padres y, en sus caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos en los términos que la ley establezca.

Los conceptos de libertad de enseñanza y de educación en los principios democráticos de convivencia no son muy compatibles. Pero se abusó de un razonamiento falso afirmando que para defender la libertad de conciencia era necesaria la libertad de enseñanza. Y se puso como ejemplo la URSS y los países comunistas donde era perseguida cualquier idea religiosa. Pero era una falacia, ya que en todo país democrático con una sociedad plural hay que tolerar, respetar, e, incluso, subvencionar cualquier formación religiosa para garantizar la libertad de conciencia, aunque separar a los niños/as desde su más tierna infancia para adoctrinarlos y educarlos según la filosofía y moralidad de las diversas confesiones religiosas no es lo más apropiado para el respeto y la cohesión social. Se vio en los Balcanes y en muchas otras regiones, que por odios e incomprensiones religiosas se llegaron a cometer verdaderas barbaridades. O como actualmente advertimos en israelitas y palestinos, que por el odio y la intolerancia de unos y otros se llega a los más execrables delitos de lesa humanidad. Y la libertad de enseñanza no solo se ha de concretar a la cuestión religiosa, sino también se puede referir al tema nacionalista. Cuando se atacan sentimientos colectivos, se desprecia y se ignora la diferencia como es la lengua, por ejemplo, o se hacen campañas de boicot a bienes, como ha ocurrido con productos catalanes, por ejemplo, no es extraño que existan deseos independentistas. Cuando se pretenden borrar las heridas por medio de la amnistía, no es muy favorecedor que se convoquen masivas y vociferantes manifestaciones contra esa medida. Y utilizar la escuela para separar y engendrar odios no creemos que sea lo más acertado en el sistema educativo. “El ideal de la educación nacional – se expresaba el insigne Giner de los Ríos- en la escuela primaria como en la Universidad, en la dirección de los párvulos como en la elevada indagación científica, es la neutralidad en cuantas esferas dividen y apasionan a los hombres”.

De los conceptos libertad y educación se puede deducir libertad de crear centros escolares, libertad de elegir centro, educación para la libertad, educación como liberación. La libertad para crear y dirigir centros escolares no garantiza necesariamente que en ellos se eduque para la libertad. Pero para que la educación sea liberadora se precisa, sin embargo, que el sistema educativo no sea discriminatorio. Y es precisamente en los sistemas clasistas y discriminatorios donde se suele instalar la libertad de elegir escuela. De todas formas en la sociedad en que vivimos los centros escolares privados siempre existirán, ya que por mucha calidad que tenga la escuela pública, siempre habrá sectores de la sociedad que no querrán que sus hijos se mezclen con los que no consideran de su categoría y, por tanto, en este sentido la Constitución les faculta para que puedan sufragar sus centros privados, al igual que sus clubs. “Lo mismo que el Estado tiene el derecho y la obligación de atender a la educación nacional- afirmó Oscar Alzaga en el Parlamento – los particulares en virtud del principio de la libertad de estudios, lo tienen indiscutiblemente para fundar cuantos centros e instituciones puedan ocurrírseles a las personas de iniciativa y capacidad”.

A l hora de la matriculación

Como existen colegios de titularidad privada, la Comisión de cultura de cada Distrito escolar a la hora de la matriculación debe negociar o pactar con los patronos de esos centros a fin de que definan su carácter: si quieren ser privados, concertados o alquilar o vender sus locales al Distrito escolar para que sean públicos, Si optan por colegio privado sin ningún tipo de subvención, que se organicen según su criterio sin más limitaciones que las que marcan las leyes. Que cobren la cuota que crean conveniente para que el negocio les resulte rentable y pueden contratar al profesorado idóneo con el sueldo que ellos estipulen y pueden admitir o rechazar a los alumnos/as que quieran. Pero si se decantan por la fórmula de la concertación, o sea seguir siendo privados pero subvencionados con fondos públicos, pueden poner las cuotas como cualquier centro privado, pueden contratar al profesorado que estimen oportuno, pero con Equipo Directivo, un Consejo Escolar y un organigrama como en los públicos, a fin de que los padres y las madres, que tienen derecho a educar a sus hijos, puedan participar en el centro escolar. Por otra parte, han de admitir a todos los alumnos/as que les adjudique la Comisión de Cultura, ya que una de las misiones de ésta es hacer un reparto equitativo de los alumnos/as inmigrantes y problemáticos. No puede ser que el coste de acogida y de integración recaiga sobre unos determinados sectores de la sociedad y sin medios para compensar esa situación. La integración de la población marginada no se debe hacer a costa de rebajar los servicios y el nivel educativo de los que viven con ellos.

Cuando los padres eligen centro escolar para que sus hijos/as no se codeen con los que consideran que no son de su categoría, no se les puede catalogar de xenófobos o discriminadores, porque a nadie se le puede obligar a una compañía no deseada. Pero el Estado con el dinero de todos no puede subvencionar centros escolares donde se establezca cualquier tipo de discriminación y elitismo sin que se contravenga el artículo 14 de la Constitución. Es por ello que todos los centros escolares concertados deben acoger a todos los alumnos/as que le designe la Comisión de cultura. Y los que no quieran que sus hijos/as se mezclen con los que no desean que los manden a los centros privados. Se comprende que es difícil y, en cierto modo traumático, que se implante de repente la escuela única, como en Finlandia que goza de excelentes resultados educativos, ya que hay sectores de nuestra población, que para no mezclarse con los que no consideran de su categoría, prefieren una enseñanza privada. Tienen todo el derecho constitucional, pero que la financien totalmente como cuando sufragan sus clubs privados.

Equiparar la escuela pública con la escuela concertada

No consiste en que se suprima la concertación a los centros privados, sino todo lo contrario, equiparar la escuela pública a la concertada haciendo que todos los padres contribuyan con sus cuotas, según sus posibilidades, a la financiación de la escuela. A través de becas o subvenciones se igualan las cuotas que las familias no pueden pagar esas cuotas. “La coeducación social, la coeducación de pobres y ricos, que pone en contacto unos con otros en la inocente igualdad de la escuela, esa es la escuela buena, necesaria y reparadora – afirmaba Ferrer y Guardia- (…) Hubiese podido fundar una escuela gratuita, pero una escuela para niños pobres no hubiera podido ser una escuela racional, porque si no se les enseña la credulidad y la sumisión como en las escuelas antiguas, hubiéraseles inclinado forzosamente a la rebeldía, hubieran surgido espontáneamente sentimientos de odio (…) Una escuela para niños ricos no hay que esforzarse mucho para demostrar que por su exclusivismo no puede ser racional. La fuerza misma de las cosas la enseñaría la conservación del privilegio y el aprovechamiento de las ventajas”. Frente a este dilema Ferrer y Guardia cree que la alternativa que queda es la coeducación de clases sociales, única fórmula que permite superar la estéril dicotomía de “escuela reproductora del privilegio” y la “escuela del odio y de la lucha de clases”.

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