Nuevodiario ha tenido acceso en primicia a la Denuncia interpuesta por Miguel Montenegro Muriel como representante legal de la Confederación General del Trabajo de Andalucía, Ceuta y Melilla (CGT-A) contra la empresa VERIFICACIONES INDUSTRIALES DE ANDALUCIA SA (VEIASA), ante la DIRECCIÓN TERRITORIAL DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO EN ANDALUCÍA por incumplimientos de normas laborales y fraude en la contratación.
VERANO CALIENTE EN VEIASA
Parece evidente, que el verano caliente lo es cada vez más en la Empresa Pública VEIASA, no tan solo, por la falta de condiciones de seguridad en materia de estrés térmico con resultados de golpe de calor incluidos, sino que las “meteduras de pata” cuando no incompetencia e ineptitud de las Direcciones de RRHH y Dirección Técnica y de Operaciones en cuanto a la Ley de Estabilización del Empleo, con cálculos evidentemente mal realizados, tanto en número de puestos indefinidos, como también el número de trabajadores y el periodo asignado de 5'5 meses para fijos discontinuos, como hemos venido publicando en nuestro digital.
DENUNCIA DE CGT
Las denuncias, eran “crónica de una actuación anunciada” y ello, para combatir las irregularidades y presuntas ilegalidades de la Dirección de VEIASA en materia de Contratación.
DISCRIMINACION DE FIJOS DISCONTINUOS
La denuncia interpuesta por CGT Andalucía dice entre otros aspectos “Que VEIASA, cuenta entre su plantilla con un total de 186 trabajadores con contrato Fijo Discontinuo y por ende a tiempo parcial”
“Que ese elevado número de trabajadores está siendo vilmente discriminado por la empresa en materia de contratación dado que por un lado, mientras se envía al paro a los fijos discontinuos se están realizando contrataciones por doquier a personal eventual resultando una actuación abusiva e ilícita y por otro lado se viola literalmente el art. 12,4e del Estatuto de los Trabajadores que textualmente recoge: “el empresario deberá informar a los trabajadores de la empresa sobre la existencia de puestos de trabajo vacantes, de manera que aquéllos puedan formular solicitudes de conversión voluntaria de un trabajo a tiempo completo en un trabajo a tiempo parcial y viceversa, o para el incremento del tiempo de trabajo de los trabajadores a tiempo parcial”
PLANTILLA ESTABLE
Sigue diciendo la Denuncia “Que cuenta con una planificación de plantilla y horarios anual por lo que debe contar con la plantilla estable para ello. Así se ha manifestado el Tribunal Supremo en su reciente sentencia de 29 de diciembre 2020 para acabar con los abusos en la contratación y la precariedad laboral. (Sentencia núm. 1137/2020 de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de fecha 29/12/2020)”.
INCONGRUENCIA
Para CGT y muchos trabajadores la conducta de VEIASA es absolutamente incongruente e ilegal, por cuanto, la ley de Estabilidad pretende dar seguridad laboral a los trabajadores, y en VEIASA a los Fijos Discontinuos les asignan 5,5 meses dejándolos en precario, en lugar de los 9 meses como mínimo demandados por CGT, y, por el contrario, incrementan la eventualidad con contratos temporales algo absolutamente ilógico solo fruto de la incompetencia o mala fe.
PRUEBAS
“Que a título ilustrativo se acompaña a esta denuncia relación de fijos discontinuos de VEIASA, Relación de centros de trabajo de toda Andalucía en los que tienen asignada su plaza el personal fijo discontinuo así como los periodos ciertos y cerrados de contratación y AVISO de la empresa con fecha julio 2023 en el que se insta a la contratación de personal externo incluso abonando dietas y gastos por estar en bolsas de trabajo de provincias distintas de las que se requiere contratar externamente”.
SOLICITUD A INSPECCION
“Entendiendo que la actuación Empresarial que se denuncia supone un Incumplimiento de lo estipulado en el Estatuto de los Trabajadores en materia de Contratación y Fraude en la Contratación, actuaciones tipificadas en la LISOS (Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social) como INFRACCIONES GRAVES Y MUY GRAVES.
Así como un Incumplimiento del art 14 de la Constitución Española en cuanto a la discriminación que se ejerce por VEIASA en función del tipo de contrato, discriminando directamente a los fijos discontinuos.
Solicita a esa Dirección Territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que teniendo por presentado este escrito, se digne admitirlo, convoque a esta parte a reunión de ampliación de los hechos denunciados a la que acudirá con personas afiliadas afectadas y previas las averiguaciones oportunas levante las correspondientes actas de infracción por la actitud empresarial que se denuncia, forzando a VEIASA a respetar la legalidad vigente en materia de contratación y a cesar de inmediato en el trato discriminatorio y violador del art 14 de la Constitución Española” finaliza la denuncia interpuesta por Miguel Montenegro como representante legal de la Confederación General del Trabajo de Andalucía, Ceuta y Melilla (CGT-A).