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Camino de Itaca: “Una historia de igualdad efectiva y la necesidad de un Ministerio”, por María Antonia García Jiménez, Abogada

Camino de Itaca: “Una historia de igualdad efectiva y la necesidad de un Ministerio”, por María Antonia García Jiménez, Abogada
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viernes 04 de febrero de 2022, 09:39h
Camino de Itaca: “Una historia de igualdad efectiva y la necesidad de un Ministerio”, por María Antonia García Jiménez, Abogada

Quiero contarles una historia:

Habermas, uno de los más grandes pensadores del siglo XX y XXI, doctor en varias universidades, no sólo de Alemania sino también de EE.UU, teórico de la Filosofía del derecho de reconocido prestigio tanto en el ámbito de la ética como de la sociología y un gran estudioso de la realidad social europea, cuenta, entre sus galardones con el Premio “Príncipe de Asturias” de Ciencias Sociales del 2.003. En la década de los ochenta, en uno de sus numerosos ensayos, decía que el feminismo era ya un anacronismo puesto que la plasmación de la libertad y la igualdad ya se habían conseguido con las constituciones liberales del siglo XIX y que la mujer se le reconocía su plena igualdad de forma institucional. Entonces cayeron sobre él, filósofas, intelectuales y feministas norteamericanas tales como Nancy Fraser, Iris Marion Young, Seyla Benhabib.

Fraser, advierte del carácter androcéntrico de la esfera pública, y crítica a Habermas por no apreciar que no ha existido una verdadera emancipación real de la mujer, ya que históricamente haya existido una división de roles entre lo público y lo privado, relegando a la mujer a lo segundo. En Occidente, en la Grecia Clásica, las mujeres estaban en “el Oikos”, es decir en la casa, junto a ellas, los hijos y los esclavos. Sin embargo, los hombres se dedicaban a lo público: la milicia, la política y la filosofía. En Roma, la mujer igualmente era “la domina “del lar”; pero sus derechos patrimoniales se encontraban tutelados por el esposo o el padre, y en todo caso siempre sometida a la figura del derecho familiar: “pater familias”. Incluso , “El contrato social” de Rouseau es un pacto androcéntrico, pensado en las libertades y derechos de los varones. Menos mal, que la Iglesia, dice que nos reconoce alma en el Concilio de Trento.

Habermas, en su obra “Facticidad y validez” 1.992, rehizo el planteamiento a la crítica y reformuló la dialéctica entre la diferencia entre la igualdad legal y fáctica. Consideró que incluso la intervención del Estado para equilibrar o compensar esa desigualdad real hacía necesario que se actuase “in vigilando”, mientras tanto no se llegara a la efectividad del desarrollo igualitario de la mujer en la sociedad. Existe un deber normativo de evitar la discriminación de hecho o en la praxis.

Pues bien, frente a esos partidos políticos e individuos, que consideran innecesario el Ministerio, Consejerías o Concejalías de Igualdad, e incluso niegan la existencia de la violencia de género como figura objeto de punibilidad, les invito a la lectura de éste filósofo y filósofas de referencia.

Y recuerden que necesitamos políticas dirigidas a la efectividad de la igualdad entre mujeres y hombres, que prevengan y eliminen toda forma de discriminación por razón de sexo, origen racial o étnico, religión o ideología, orientación sexual, identidad de género, edad, discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. No se puede entender nuestra convivencia sin la aplicación del art. 14 de nuestra Carta Magna.

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