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Revelaciones explosivas: El juez del caso García Ortiz en el ojo del huracán por omitir pruebas clave
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Revelaciones explosivas: El juez del caso García Ortiz en el ojo del huracán por omitir pruebas clave

La Abogacía del Estado acusa al juez del Tribunal Supremo que investiga al fiscal general Álvaro García Ortiz de omitir pruebas exoneradoras y basar imputaciones en opiniones sin fundamento. Se impugna la citación de varios fiscales, argumentando falta de evidencias sobre la revelación de secretos y acceso previo a información confidencial.

El juez del Tribunal Supremo que investiga al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha sido acusado por la Abogacía del Estado de omitir pruebas que podrían exonerar a los investigados. Además, se sostiene que "algunas de las imputaciones se basan en meras opiniones, carentes de base probatoria" en lo que se ha indagado hasta el momento.

Un recurso de reforma ha sido presentado por los servicios jurídicos de la Administración, según información a la que ha tenido acceso Europa Press. Este recurso impugna la decisión del magistrado de citar como investigados al fiscal general, a Pilar Rodríguez, fiscal jefa provincial de Madrid, y a Diego Villafañe, teniente fiscal de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General.

La Abogacía opina que el magistrado ha dejado de lado aspectos de "esencial relevancia" en el auto donde justifica las citaciones, lo cual evidencia que "no concurre" en ninguno de los investigados "sospechas fundadas para considerarles posibles autores del delito" de revelación de secretos.

Según su perspectiva, esas afirmaciones presentan a la Abogacía "ante una prueba diabólica de acreditar que no se ha producido lo que el instructor opina que sí se habría producido, sin base probatoria alguna".

Se afirma que los correos electrónicos intercambiados entre el fiscal de delitos económicos, Julián Salto, y el abogado de González Amador "no forman parte de las diligencias de investigación preprocesal".

Según su opinión, "es complicado argumentar que la información y los datos incluidos en los correos electrónicos involucrados en esta causa especial merezcan la protección penal que establece el artículo 417 del Código Penal", que se refiere a la declaración de secretos.

La Abogacía sostiene que el auto del magistrado "sigue sin determinar los hechos o circunstancias en los que puede fundarse ese carácter secreto respecto del correo del 2 de febrero".

Los servicios jurídicos subrayan que "el correo electrónico del 2 de febrero estuvo a disposición de múltiples personas". Además, señalan que "la copia de la denuncia de Fiscalía del 5 de marzo también fue remitida a la Agencia Tributaria". Tanto la denuncia como el expediente tributario han estado en el decanato de los juzgados de Madrid desde el 5 de marzo, "a disposición de un número indeterminado de personas".

Dos periodistas, por su parte, han reconocido haber recibido la denuncia, el informe de la Agencia Tributaria y el correo "desde el 6 de marzo". Ante esto, se acusa al magistrado de haber omitido estos y otros elementos que "acreditan que la filtración del contenido del correo" ocurrió "con anterioridad a las 23.51 del día 13 de marzo".

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