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En relación con las últimas informaciones publicadas en torno a Cosentino, la compañía desea aclarar que:
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En relación con las últimas informaciones publicadas en torno a Cosentino, la compañía desea aclarar que:

jueves 16 de febrero de 2023, 09:40h
Cosentino nunca ha ocultado, ni bajo ningún concepto ha admitido hacerlo, información sobre riesgos asociados a sus superficies que pudieran poner en peligro la salud de cualquier trabajador.

El proceso de Vigo que ha estado saliendo en las noticias se refiere únicamente a la responsabilidad por información técnica insuficiente que afecta únicamente a los 5 operarios de una marmolería concreta. Esta resolución no tiene carácter general y, por tanto, no es extrapolable a otros procedimientos pasados o futuros.

De hecho, en otros procesos que han implicado a la compañía, las sentencias declararon la corrección de la información facilitada por Cosentino, considerando que había informado adecuada y suficientemente sobre sus productos.

Es imprescindible igualmente recordar que son los encargados de las marmolerías que transforman y manipulan estas superficies, los que tienen la responsabilidad de garantizar que sus trabajadores cuentan con los medios de protección necesarios y los implementan adecuadamente. Por este motivo, la sentencia de Vigo condena al representante legal de la marmolería por el delito contra la seguridad de los trabajadores para la marmolería pero lo excluye respecto de Cosentino.

En el caso concreto del procedimiento de Vigo, la sentencia señala que, ya en el año 1999, la marmolería disponía de una evaluación de riesgos en la que en la que se concluía la “existencia de riesgo higiénico para la salud de los trabajadores por presencia de sílice libre y polvo respirable en el ambiente” así como de mediciones que triplicaban el valor límite de exposición a polvo de sílice. El responsable de la marmolería, teniendo conocimiento del riesgo, no tomó ninguna medida correctiva ni solicitó información adicional sobre la composición del producto.

El marmolista ya conocía desde el año 1999 los riesgos asociados a la elaboración de nuestros productos y no actuó en consecuencia. Por ello, ni la información provista por la empresa fabricante habría sido de utilidad en la protección de los trabajadores al no existir una implementación mínima de las mismas.

La finalización de este procedimiento supone acabar de forma definitiva con un largo proceso en el que los principales damnificados (los trabajadores afectados) ya se habían retirado de la causa al haber sido indemnizados por Cosentino ante la insolvencia del taller para el que trabajaban.

El procedimiento de Vigo hace referencia a hechos de hace 15 años, periodo desde el cual, tanto la normativa en prevención de riesgos como la gestión de la compañía en esta materia han evolucionado considerablemente.

Todo esto muestra el compromiso que la empresa asume de forma tangible, a pesar de que se hayan enjuiciado hechos de hace casi 15 años, cuando la legislación era imprecisa y la ciencia de prevención de riesgos laborales no había evolucionado aún hasta los niveles de hoy. La empresa entiende que ha cumplido con la normativa vigente en cada momento en su responsabilidad de fabricante y suministrador.

Cosentino es una empresa profundamente comprometida con el desarrollo y la innovación en el sector, así como con las mejoras en sus métodos de trabajo y en el bienestar de sus empleados. Por ejemplo, la empresa siempre informó a sus clientes de la necesidad de corte en húmedo.

Como empresa pionera en su sector, Cosentino es la primera que ha hecho importantes inversiones año tras año en la investigación y desarrollo de nuevas soluciones en materia de seguridad. Cabe destacar el lanzamiento de la tecnología pionera HybriQ, patentada por Cosentino y desarrollada para la fabricación del nuevo Silestone®, que reduce la presencia de sílice (cuarzo) en su composición en dos niveles principales: "Silestone -50", que indica un contenido de sílice inferior a ese porcentaje, y "Silestone -10", inferior al 10%. Actualmente, toda la producción de este material se encuentra por debajo del citado 50% en cuanto a presencia de sílice.

La referida resolución judicial se circunscribe a un caso concreto y no afecta a la gestión de la Compañía, que seguirá actuando de forma totalmente comprometida con sus empleados, clientes y resto de stakeholders.

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