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EL INCOLORO: "Lorca: sin Palacio de Justicia ni Instituto de Medicina Legal", por Jerónimo Martínez

EL INCOLORO: 'Lorca: sin Palacio de Justicia ni Instituto de Medicina Legal', por Jerónimo Martínez
viernes 18 de diciembre de 2020, 10:31h
EL INCOLORO: 'Lorca: sin Palacio de Justicia ni Instituto de Medicina Legal', por Jerónimo Martínez
La Justicia tiene una asignatura pendiente con Lorca debido a la prolongada e injustificable ausencia de un Instituto de Medicina Legal para que en su ámbito jurisdiccional territorial (Lorca, Águilas y Puerto Lumbreras) pueda ubicarse un local adecuado para la práctica de la Medicina Forense, independiente de la situada en Murcia así como una Subdirección de Medicina Legal Forense similar a la situada en Cartagena.

La última iniciativa en este sentido acaeció en el Pleno municipal celebrado en Julio de 2017, en tiempos de Francisco Jódar como Alcalde de Lorca. En dicho pleno, la entonces Concejala del PSOE, la abogada lorquina María Antonia García Jiménez presentó y defendió una moción aprobada por unanimidad, solicitando la creación de dicho órgano judicial en nuestra ciudad. Desde entonces, la petición duerme inexplicablemente en el baúl de los recuerdos a pesar de ser respaldada por unánimemente por la Corporación Municipal, constituyendo un serio agravio comparativo respecto a Murcia y Cartagena, que sí cuentan con este órgano judicial.

En su alegato, García Jiménez recordó el anhelo de los profesionales de la Justicia y de los ciudadanos de contar con “la imperiosa creación” de un Instituto de Medicina Legal en Lorca, destinado a cubrir los municipios de Lorca, Águilas y Puerto Lumbreras, que cuentan con una población aproximada de 140.000 habitantes. Su constitución, -afirmó- “no es oportunidad política, sino una necesidad para una mejor praxis de la Medicina Legal forense, que reduciría las dilaciones de sus resultados y que estaría al servicio de los Juzgados de nuestro partido judicial y de los propios lorquinos, aguileños y lumbrerenses o cualquier persona que se encuentre en nuestro ámbito”. EI Instituto de Medicina Legal de Lorca, dijo la edil, "desarrollaría todas las funciones propias de las periciales médicas tanto anatómicas, clínicas, toxicólogas, psiquiátricas o psicológicas,valoración de daño corporal y traumatología, etc".
La moción también pedía disponer de los Servicios de Patología Forense (donde se realizarían las prácticas necrópsicas sin tener que remitir los cadáveres a Murcia),los Servicios de Clínica Médico-Forense (Peritajes Médico-Legal) y el Servicio de Laboratorio Forense (análisis biológicos clínicos y de toxicología) que "estarán a las órdenes de los Jueces, Magistrados y Fiscales y encargados del Registro Civil". Con tal fin, "será necesario" que las prácticas tanatológicas se realicen en los locales propios o locales habilitados al efectos para lo que el PSOE proponía que en el próximo Palacio de Justicia de Lorca "se proyecte y prevean" locales adaptados a dichas prácticas y que "se establezca" un Servicio de Patología Forense que investigue por los médicos legales los casos de muerte violenta o sospechosa de criminalidad que hayan ocurrido en la jurisdicción territorial de Lorca, incluido examen macroscópico de los cadáveres y la disección de éstos muestras y su estudio etc. sin que se tengan que trasladar los restos al Instituto de Medicina Legal de Murcia.

“Ello”, señaló la letrada y ex concejala, “es una medida de necesidad y una demanda requerida por la sociedad lorquina y de todo el Partido Judicial, que cuenta con el apoyo incondicional de los Colegios de Abogados y Procuradores de Lorca, resultando necesario” ya que, entre otros, son numerosos los/as fallecidos/as dentro de dicho partido, cuyos restos son trasladados a Murcia para su examen y a veces tardan varios días en entregarle los mismos a los familiares, “ya sea por problemas en la praxis o trabajo acumulado, haciendo insoportable el sepelio para los dolientes”, o que el Médico forense, en caso de lesiones corporales, pueda valorar en un tiempo más prudencial a fecha de los siniestros o la determinación de las secuelas no se dilaten en el tiempo, o los informe psicológicos o psiquiátricos tan necesarios y definitorios en causas penales o civiles sean resueltos de inmediato. Según García Jiménez, desde la creación del Instituto de Medicina Legal de Murcia, “ha existido una discriminación con respecto a las necesidades del Partido Judicial de Lorca frente a Murcia y frente a Cartagena, pues no se le reconoció ni una subdirección”.

En torno a la normativa legal cabe recordar que la Comunidad de la Región de Murcia no tiene delegadas las competencias de Justicia. La Ley Orgánica 6/1985 de 1 de Julio, del Poder Judicial en el Artículo 503, faculta al Ministerio de Justicia, previo informe del Consejo General del Poder Judicial para determinar las normas de organización y funcionamiento de los Institutos de Medicina Legal. En relación con la creación de los Institutos de Medicina legal, el Artículo 504.1 de la citada Ley Orgánica del Poder Judicial, y en el desarrollo del mismo artículo del reglamento los Institutos de Medicina Legal prevén la existencia de los Institutos de Medicina legal en las capitales de provincia que sean sede de un Tribunal Superior de Justicia y en aquellas en las que tengan su sede Salas del Tribunal Superior de Justicia con jurisdicción en una o más provincias. En las restantes ciudades podrán existir Institutos de Medicina Legal con el ámbito que reglamentariamente se establezca por el Gobierno a propuesta del Ministerio de Justicia o en su caso, de la Comunidad Autónoma, afectada con competencias en la materia, que no es el caso de CARM. Así, conforme a la Orden Just /332/2002 de 31 de Enero por la que se dispone la creación del Instituto de Medicina Legal de Murcia, se acordó su creación con sede en la ciudad de Murcia, y para su funcionamiento se estructura con una unidad territorial en Cartagena, con la categoría de Subdirección, cuyo ámbito de actuación se extenderá a los partidos judiciales de Cartagena y San Javier, así como al municipio de Mazarrón. “Sin embargo, Lorca carece de Instituto de Medicina Legal y tampoco de Subdirección, a diferencia de Cartagena, dependiendo de las actuaciones y delegaciones del Instituto de Medicina Legal de Murcia.

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