Andalucía una vez más, está a la cabeza el paro registrado en septiembre, doblando el dato negativo de todo el Estado Español, alcanzando los 7720 desempleados con un preocupante incremento registrado de paro juvenil que aumentó en 4.204 jóvenes un +8,58% en los menores de 25 años y en 3.516 desempleados un +1,14% en el colectivo entre 25 y 44 años.
JUBILACION PARCIAL
Es absolutamente constatable que la Jubilación Parcial con Contrato de Relevo es un excelente mecanismo para generar empleo, rejuvenecer las plantillas, garantizar la estabilidad, reducir la temporalidad y eliminar el absentismo por las patologías de muchos mayores.
DATOS DE VEIASA
En VEIASA-ITV-Metrología, a día de hoy, salvo error, contamos con alrededor de 200 trabajadores/as mayores de 57 años y 65 trabajadores/as mayores de 60 años, acercándose a la edad de jubilación más de la mitad de la totalidad de la plantilla en los próximos años, consideramos, que se debería aprovechar para el rejuvenecimiento de las plantillas junto a generar empleo estable, además de reducir el absentismo, y ello, a través de la Jubilación Parcial con Contrato de Relevo indefinido y la reducción de jornada hasta del 75% del relevado.
ESTATUTO DE AUTONOMIA
EL Estatuto de Autonomía de Andalucía establece el Artículo 169 que, “Los poderes públicos fomentarán el acceso al empleo de los jóvenes y orientarán sus políticas a la creación de empleo estable y de calidad para todos los andaluces y andaluzas. A tales efectos, establecerán políticas específicas de inserción laboral, formación y promoción profesional, estabilidad en el empleo y reducción de la precariedad laboral”, junto a lo mandatado en el art. 40.1 y 2 Constitución Española que habla del pleno empleo.
III CONVENIO COLECTIVO DE VEIASA
Dada la crispación en el seno de las ITV por la oposición de la Dirección de VEIASA, del Consejero Paradela y del Presidente Moreno Bonilla a alcanzar un acuerdo positivo para los trabajadores/as de un nuevo Convenio, y ello a pesar de las 8 jornadas de Huelga hasta ahora realizadas, trabajadores y sindicatos exigen al amparo de lo establecido en la Disposición Adicional Décima del III Convenio Colectivo de VEIASA vigente donde se dice, que “Para aquellos trabajadores de 61 años o más, que así lo deseen, podrán jubilarse parcialmente conforme a lo establecido en la legislación vigente (en el 2008). Dichos trabajadores serán sustituidos por otros con contrato de relevo que se regirá por lo establecido legalmente (año 2008) su aplicación inmediata para reducir el paro de los jóvenes y dar una salida digna a los muchos/as trabajadores que con más de 30 años de servicio merecen la Jubilación Parcial.
DRAMA SOCIAL, FAMILIAR Y POLITICO
Como ya manifestaba en Nuevodiario.es el Comité de Empresa de VEIASA de la Provincia de Cádiz, VEIASA y la Junta de Andalucía debe ser sensible al drama social y familiar, que afecta a todas y todos los jóvenes desempleados de Andalucía para posibilitarles el acceso al empleo, junto a rejuvenecer plantillas, garantizar la estabilidad de los Fijos Discontinuos, reducir la temporalidad y eliminar el absentismo por las patologías de muchos mayores, con la aplicación de la Jubilación Parcial con Contrato de Relevo joven.
DEMANDA SOCIAL
Ante los dramáticos datos de Paro en Andalucía y particularmente en cuanto al desempleo Juvenil, los trabajadores/as y sindicatos de VEIASA considerarían como un gesto positivo de la Dirección de VEIASA y la Junta de Andalucía en aras a reiniciar la negociación para la consecución de un buen acuerdo para el IV Convenio Colectivo la aplicación de la Jubilación Parcial con Contrato de Relevo al 75%, significando asimismo la generación de Empleo Juvenil una obligación política y social demandada por toda la sociedad la andaluza.