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Escándalo en el Ejército: Una soldado acusa a su coronel y a su capitán de discriminarla por su sexo y orientación sexual

Escándalo en el Ejército: Una soldado acusa a su coronel y a su capitán de discriminarla por su sexo y orientación sexual

martes 03 de octubre de 2023, 09:24h
Una soldado del Ejército de Tierra denuncia a un coronel y un capitán por presunto abuso de autoridad y discriminación por razón de sexo y orientación sexual. La denuncia ha sido admitida a trámite y la soldado será citada para declarar. Se alega que el accidente que sufrió la soldado fue consecuencia de las manifestaciones del capitán sobre su cambio de sexo, y se denuncia también una alusión a su orientación sexual por parte del coronel durante una reunión. El delito de abuso de autoridad castiga este tipo de conductas, con penas que van desde seis meses hasta cuatro años de prisión y pérdida de empleo.

Una soldado del Ejército de Tierra del Grupo de Regulares de Ceuta denuncia a un coronel y un capitán, a los que tuvo como mandos y que siguen destinados en la ciudad autónoma, por presunto abuso de autoridad al discriminarlapor razón de sexo y orientación sexual.

La acción ha sido admitida a trámite por el Juzgado Togado Militar Central número 2, ya que uno de los señalados tiene el rango de coronel.

La denunciante que procede del Centro de Formación de Tropa número 1 de Cáceres antes de su incorpotración a Regulares será citada para declarar.

Según fuentes militaresla soldado sufrió en julio sufrió un grave accidente mientras intentaba superar una escala de cuerda en la Pista de Aplicaciones de El Jaral. En este incidente, cayó al suelo desde una altura de 6 metros. Como resultado, actualmente se encuentra en situación de incapacidad temporal en servicio activo no destinable. Defensa tiene la intención de considerar las consecuencias psicológicas como un "trastorno común no profesional". ante lo que la soldado ha iniciado la vía penal contra su coronel en Regulares y un capitán por un presunto delito militar previsto y penado en el artículo 48 del Código castrense, aunque el mismo también podría tipificarse como de violación de derechos fundamentales, entre otros a la intimidad.

Según la denuncia antes de su incorporación al Grupo, el capitán convocó a toda la compañía para advertir a todos sus miembros sobre la próxima inclusión de un nuevo miembro transexual, a pesar de que la soldado había estado identificándose como mujer durante aproximadamente diez años.

Según la denunciante el oficial actuó de manera irresponsabledebido a las consecuencias que ha tenido al desvelar un dato calificado como especialmente protegido y sensible en virtud de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal.

Destaca la denuncia presentada por Cánevas Abogados que "el derecho a la confidencialidad de los datos personales es garantizado para cualquier individuo. Por lo tanto, cualquier comunicación a terceros, como en este caso el jefe de Compañía, debe contar con el consentimiento expreso de la persona transgénero involucrada”.

La denuncia afirma que el accidente que causó la actual insuficiencia del capitán ocurrió como resultado de sus manifestaciones abiertas sobre su cambio de sexo y su reciente asignación a la Unidad. Además, señala que debido a la gravedad de las lesiones y la ocurrencia del accidente, nunca se consideró la necesidad de demostrar la discriminación que sufrió.

“La superación de un obstáculo reservado para los miembros de la Unidad con alto grado de preparación, normalmente ligado a las pruebas de competición militar y que no estaba reservado para miembros del sexo femenino y, mucho menos, con escasa preparación física, como era este caso”, es el punto en el que se produjo la caída de la soldado.

La soldado sospecha que, a sabiendas de su condición por haber sido desvelada por el capitán, se vio obligada, por así ordenárselo, a superar dicho obstáculo con las nefastas consecuencias que han motivado su penosa actual situación. Por lo tanto, podemos entender que ha sido sometida a discriminación indirecta, según la defensa.

Durante una entrevista concertada para conocer su estado de salud, el coronel hizo alusiones a la orientación sexual de la soldado, según se recoge en la denuncia. Los abogados de la militar consideran que esta situación constituye "un particular acto de acoso disfrazado".

Durante esa reunión, el coronel expresó su frustración debido a que un capitán, no el denunciado, le había comunicado que sería "la transexual mejor militar de España" y luego solicitó asesoramiento legal para comunicarse con el ejército.

La joven rogó que se dejaran esas palabras a un lado, ya que hace más de 10 años que eso no se remueve y de repente ha salido de la nada, al escuchar a su superior aludir a su condición sexual.

El mando le replicó, diciendo que como hombre quizás no tenía los mismos sentimientos ni sensibilidad, pero consideraba que estaba bien de puta madre.

“No era su misión entender la orientación sexual de la soldado y mucho menos manifestarlo”, indica la denuncia, señalando que el ilustrísimo señor coronel podía ser jefe de la Unidad.

La jurisprudencia del Supremo reconoce que existen hasta cuatro modalidades de comisión del delito de abuso de autoridad. Estas modalidades consisten en: primero, los actos de acoso tanto sexual como profesional y por razón de sexo; segundo, la amenaza o coacción, la injuria o la calumnia; tercero, el atentado grave contra la intimidad, dignidad personal o en el trabajo; y cuarto, la realización de actos que impliquen una discriminación grave basada en el nacimiento, origen racial o étnico, sexo, orientación sexual, religión, convicciones, opinión, discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

"El superior que realice actos de acoso tanto sexual como profesional, amenace, coaccione, injurie o calumnie a una persona subordinada, atente gravemente contra su intimidad, dignidad personal o en el trabajo, o cometa actos de discriminación grave basados en la ideología, religión o creencias de la víctima, su etnia, raza o nacionalidad, su sexo, orientación o identidad sexual, razones de género, enfermedad o discapacidad, puede ser considerado responsable de un delito militar de abuso de autoridad según el artículo 48 del Código Penal Militar. Las penas por este delito van desde seis meses hasta cuatro años de prisión y también se puede imponer la pena de pérdida de empleo."

Entre otras conductas, el abuso de autoridad castiga los actos de acoso sexual y por razón de sexo, así como el acoso profesional. También se penalizan las amenazas, coacciones, injurias y calumnias, así como los atentados a la intimidad, dignidad personal y en el trabajo y los actos discriminatorios. El prólogo de esa norma determina que este delito es "complejo" y similar al tipificado en el artículo 50, el cual consiste en limitar el ejercicio de derechos fundamentales o libertades públicas a otro militar.

El Supremo ha reconocido esta similitud.

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