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Trapero será apartado de la dirección de los Mossos.

Trapero será apartado de la dirección de los Mossos.

viernes 20 de octubre de 2017, 10:28h
Si no lo hace el Conseller Joaquin Forn, lo hará el Gobierno tras la aplicación del artículo 155

La Generalitat no tardará en tener la resolución judicial donde se le notificará que el mayor de los Mossos d’Esquadra, debe ser apartado de la direción de los Mossos.

Josep Lluís Trapero, como saben está siendo investigado por un delito de sedición.

Trapero al que la Magistrada de la Audiencia nacional le ha impuesto medidas cautelares, retirándole el pasaporte para que no pueda de salir del país, está obligado a acudir cada quince días al Juzgado más próximo a su domicilio para firmar y así garantizar que se encuentra localizado. Ahora tiene otro frente en forma de sanción y esta no es otra que la petición de la Fiscalía. Esta va a solicitar a la juez de la Audiencia Nacional de manera oficial que además de esas medidas cautelares, ordene al Departament d’Interior de la Generalitat que aparte al Mayor de la dirección de la policía autónoma catalana.

Así una vez que Carmen Lamela proceda a esta notificación oficial, el gobierno catalán tendrá encima de la mesa el deber de aplicar el estatuto de los Mossos y en consecuencia suspender cautelarmente hasta que dure la instrucción del caso al mayor, Trapero

Ante esto es posible que Generalitat no acate la orden, toda vez que la Audiencia Nacional no puede suspenderle preventivamente hasta que no exista una condena, y a ello se acogerá la Generalitad. Ante esto la Audiencia Nacional puede optar por fijar la inhabilitación ide Trapero para cargo en empleo público.

Una vez que se le sea notificado, el conseller d’Interior tendrá que decidir si aplica el estatuto de los Mossos, por el que se fija como falta muy grave “el incumplimiento del deber de fidelidad a la Constitución o al Estatut en el ejercicio de las funciones”. Efectivamente, se trata de una falta que podría compararse con la investigación que tiene abierta por sedición y por lo que podría llegar a suponer su separación del servicio acogiéndose al artículo 75 de la Ley 10/1994, en el que se define el estatuto de los Mossos,y donde se recoge cómo durante la tramitación de un procedimiento disciplinario que se instruya a un miembro del cuerpo de Mossos d’Esquadra, “el órgano competente puede acordar, como medidas cautelares, la suspensión provisional o la adscripción a otro puesto de trabajo, medidas que pueden conllevar la pérdida provisional del uniforme, el arma y la credencial del funcionario expedientado o sometido a procesamiento”.

Aunque Joaquim Forn, no ejercite la orden de la Audiencia Nacional, Trapero será no obstante apartado una vez que se aplique el artículo 155 de la Constitución e intervenga en el cuerpo policial autonómico.

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