ANDALUCIA

Andalucía insta a revisar etiquetas para evitar alergias alimentarias

Redacción | Miércoles 08 de julio de 2026

La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía hace un llamado a revisar los ingredientes y compuestos en alimentos y cosméticos para prevenir reacciones alérgicas, coincidiendo con el Día Mundial de la Alergia. Se enfatiza la importancia de que tanto los alimentos envasados como aquellos servidos en restaurantes informen claramente sobre alérgenos, siguiendo el Reglamento (UE) nº 1169/2011. Este reglamento establece que los alérgenos deben destacarse en las listas de ingredientes y que se debe proporcionar información sobre su presencia en alimentos no envasados. Además, se recuerda que ciertos productos como cosméticos también tienen regulaciones específicas para informar sobre sustancias alergénicas. La seguridad del consumidor es primordial, ya que las reacciones alérgicas pueden ser graves y requieren atención médica.



La Dirección General de Consumo, perteneciente a la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias de la Junta de Andalucía, ha hecho un llamado a la población en el marco del Día Mundial de la Alergia, que se conmemora este 8 de julio. La entidad subraya la importancia de que tanto los alimentos envasados como aquellos servidos en restaurantes, bares o vendidos a granel, así como los cosméticos y otros productos cotidianos, informen claramente sobre la presencia de sustancias capaces de provocar alergias o intolerancias alimentarias.

Esta iniciativa busca garantizar la seguridad de los consumidores y proporcionar información clara y accesible. Las reacciones alérgicas pueden ser graves e incluso requerir atención médica inmediata. Estas reacciones son respuestas del sistema inmunitario ante sustancias (alérgenos) que, en condiciones normales, no son dañinas para la mayoría de las personas. Sin embargo, en individuos alérgicos, pueden manifestarse a través de síntomas como estornudos, congestión nasal, picazón o enrojecimiento de la piel, urticaria, problemas digestivos e incluso dificultad para respirar. En casos extremos, puede producirse una anafilaxia, una reacción rápida y potencialmente mortal que exige atención médica urgente.

Normativa sobre alérgenos en alimentos

En el ámbito alimentario, el Reglamento (UE) nº 1169/2011 establece la obligación de informar sobre la presencia de sustancias que causan alergias o intolerancias alimentarias. Para los alimentos envasados, es fundamental que los alérgenos figuren obligatoriamente en la lista de ingredientes y se destaquen visualmente mediante tipografía adecuada como negritas o mayúsculas. Si un producto no incluye lista de ingredientes, debe indicar claramente "contiene" seguido del alérgeno correspondiente.

El Anexo II del reglamento menciona una lista específica de 14 alérgenos alimentarios cuya declaración es obligatoria. Estos incluyen cereales con gluten (trigo, centeno, cebada), crustáceos, huevos, pescado, cacahuetes, soja, leche (incluida lactosa), frutos secos (almendras, nueces), apio, mostaza, sésamo, dióxido de azufre y sulfitos, altramuces y moluscos.

Recomendaciones para consumidores

A pesar de esta regulación estricta, hay otros alimentos que también pueden causar reacciones alérgicas aunque no estén incluidos en esta lista oficial. Por ello, desde la Dirección General de Consumo se aconseja revisar cuidadosamente las listas de ingredientes presentes en las etiquetas.

No solo los productos envasados están sujetos a estas normativas; también los alimentos no envasados, como aquellos ofrecidos en restaurantes o vendidos a granel. Según el Real Decreto 126/2015 que regula la información alimentaria en estos establecimientos, existe igualmente la obligación de informar sobre los alérgenos presentes. Esta información puede proporcionarse por escrito a través de menús o fichas técnicas o verbalmente siempre que haya un respaldo escrito disponible que garantice su veracidad.

Cuidado con los cosméticos y otros productos

En cuanto a los cosméticos, el Reglamento (CE) nº 1223/2009 establece requisitos específicos para declarar ciertas sustancias alergénicas cuando superan determinados umbrales. Los fabricantes también deben incluir advertencias sobre su uso cuando exista riesgo para personas sensibles. Estas medidas buscan prevenir reacciones adversas como dermatitis alérgica e irritación cutánea.

Aparte de alimentos y cosméticos, otros productos como bisutería y textiles no siempre requieren etiquetado específico sobre alérgenos; sin embargo, sí existen restricciones sobre ciertas sustancias químicas que podrían causar reacciones alérgicas. Un ejemplo notable es el níquel, conocido por provocar dermatitis por contacto. Asimismo se regulan metales tóxicos como el cadmio o plomo; si estos superan límites legales establecidos, el producto queda prohibido para su comercialización.

En conclusión,la obligación de informar es rigurosa y detallada en el ámbito alimentario. En cosméticos se combina transparencia con evaluaciones previas a su venta. Mientras tanto, productos como la bisutería adoptan un enfoque preventivo, basado principalmente en restricciones sobre sustancias peligrosas.

Preguntas sobre la noticia

¿Qué se recuerda en el Día Mundial de la Alergia?

Se recuerda la importancia de que tanto los alimentos envasados como los que se sirven en restaurantes y otros productos de uso cotidiano informen de manera clara sobre la presencia de sustancias que pueden causar alergias o intolerancias alimentarias.

¿Cuál es el objetivo de revisar los ingredientes y compuestos?

El objetivo es garantizar la seguridad de las personas consumidoras y ofrecer información clara y transparente, ya que una alergia puede ser peligrosa y requerir atención médica urgente.

¿Qué establece el Reglamento (UE) nº 1169/2011?

Este reglamento establece la obligación de informar claramente sobre la presencia de sustancias que pueden causar alergias o intolerancias alimentarias en los alimentos envasados.

¿Cuáles son los 14 alérgenos alimentarios de declaración obligatoria?

Los alérgenos son: cereales con gluten, crustáceos, huevos, pescado, cacahuetes, soja, leche (incluida lactosa), frutos de cáscara, apio, mostaza, sésamo, dióxido de azufre y sulfitos, altramuces y moluscos.

¿Qué deben hacer los establecimientos que sirven alimentos no envasados?

Deben informar sobre los alérgenos presentes, ya sea por escrito o verbalmente, garantizando siempre la veracidad y trazabilidad de la información.

¿Cómo se regula la información sobre alérgenos en cosméticos?

A través del Reglamento (CE) nº 1223/2009, que establece la obligación de declarar determinadas sustancias alergénicas cuando superan ciertos umbrales y de incluir advertencias para personas sensibles.

¿Existen regulaciones para otros productos como bisutería o textiles?

No siempre hay obligación de etiquetado sobre alérgenos en estos productos; sin embargo, se aplican restricciones o prohibiciones sobre ciertas sustancias químicas que pueden provocar reacciones alérgicas.

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