La Dirección General de Vivienda del Gobierno de Navarra ha comenzado a enviar 10.000 cartas a inquilinos para informarles sobre su derecho a solicitar una prórroga extraordinaria de dos años en sus contratos de alquiler, según el Real Decreto Ley 8/2026. Esta medida aplica a arrendamientos que finalicen entre el 22 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, permitiendo mantener las mismas condiciones del contrato actual. Los propietarios están obligados a aceptar la solicitud, salvo en casos específicos. Se aconseja a los inquilinos que envíen su solicitud por escrito y se ofrece asesoramiento a través del Servicio de Mediación y Asesoramiento en materia de vivienda.
La Dirección General de Vivienda del Gobierno de Navarra ha iniciado el envío de 10.000 cartas a inquilinos de la Comunidad Foral para informarles sobre el nuevo Real Decreto Ley 8/2026, que introduce medidas en el ámbito del alquiler. Esta normativa, aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 20 de marzo, permite a los arrendatarios solicitar una prórroga extraordinaria de hasta dos años en sus contratos de alquiler, manteniendo las condiciones actuales. Esta opción está disponible para aquellos contratos que finalicen entre el 22 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027.
Los inquilinos podrán solicitar esta extensión directamente a sus propietarios, quienes están obligados a aceptar la petición, salvo en casos específicos como la necesidad del propietario de recuperar la vivienda para uso personal o si se firma un nuevo contrato con una renta inferior a la actual.
El Gobierno de Navarra aconseja a los inquilinos afectados que se dirijan a la oficina de Correos más cercana y envíen su solicitud por escrito al propietario, utilizando un medio que garantice la recepción, como un burofax. Este procedimiento es fundamental para asegurar que la solicitud sea válida y tenga efectos legales.
Además, es importante señalar que este Real Decreto debe ser convalidado por el Congreso de los Diputados. En caso de rechazo, no se podrán solicitar nuevas prórrogas tras esa fecha; sin embargo, aquellas solicitudes presentadas antes del rechazo seguirán siendo efectivas y permitirán la prórroga del contrato por dos años.
Por último, el Gobierno de Navarra recuerda que su Servicio de Mediación y Asesoramiento en materia de vivienda ofrece apoyo y orientación durante todo el proceso a quienes lo requieran. Los interesados pueden contactar a través del teléfono 900 841 648 o mediante correo electrónico a mediacion.vivienda@navarra.es.
| Cifra | Descripción |
|---|---|
| 10,000 | Número de cartas enviadas a inquilinos e inquilinas |
| 2 años | Duración de la prórroga extraordinaria del contrato de alquiler |
| 22 de marzo de 2026 | Fecha de inicio para los contratos que pueden solicitar prórroga |
| 31 de diciembre de 2027 | Fecha final para los contratos que pueden solicitar prórroga |
Se pueden beneficiar todas aquellas personas cuyo contrato de alquiler finalice entre el 22 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027.
La solicitud debe hacerse directamente al propietario o propietaria del inmueble, quien está obligado a aceptar la solicitud, salvo en casos específicos como la necesidad del propietario de recuperar la vivienda para uso propio.
Si el propietario no acepta la solicitud, los inquilinos pueden acudir a las oficinas de mediación y asesoramiento del Gobierno de Navarra para recibir apoyo en el proceso.
Si el Real Decreto es rechazado, ya no se podrán pedir nuevas prórrogas a partir de esa fecha. Sin embargo, las solicitudes realizadas antes del rechazo seguirán siendo válidas y tendrán plenos efectos legales.
Pueden contactar con el Servicio de Mediación y Asesoramiento en materia de vivienda del Gobierno de Navarra a través del teléfono 900 841 648 o del correo electrónico mediacion.vivienda@navarra.es.