A partir del 1 de enero de 2025, la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en Almería entra en vigor, afectando a municipios con más de 50,000 habitantes. Esta medida busca reducir la contaminación y se aplica a un área delimitada que incluye el Casco Histórico y la zona de Pescadería. Solo podrán acceder vehículos con distintivo ambiental, bicicletas y aquellos registrados en el municipio. La Policía Local controlará el acceso mediante cámaras de lectura de matrículas. Las infracciones por no respetar las restricciones serán sancionadas con multas de 200 euros. Para más información sobre el registro y acceso a la ZBE, visita la web municipal.
Desde el 1 de enero de 2025, la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) ha comenzado a operar en Almería, conforme a la normativa vigente y la ordenanza reguladora. Esta iniciativa afecta a todos los municipios con más de 50.000 habitantes y se implementa tras un año de moratoria.
La capital andaluza establece así un área con restricciones al tráfico, tal como lo estipula la Ley 7/2021, del 20 de mayo, sobre Cambio Climático y Transición Energética. La ZBE abarca un territorio delimitado por el Cerro de San Cristóbal y la calle de La Reina, incluyendo el Casco Histórico y la zona de Pescadería.
La concejala de Seguridad y Función Pública, María del Mar García Lorca, ha indicado que solo podrán acceder a esta zona los vehículos que cuenten con distintivo ambiental, así como bicicletas y vehículos de movilidad personal. También se permitirán aquellos vehículos sin distintivo que estén registrados en Almería según la Dirección General de Tráfico (DGT), además de los destinados a servicios esenciales como emergencias o transporte público.
El control del acceso a la ZBE estará inicialmente en manos de la Policía Local, quienes informarán a conductores y residentes sobre las nuevas normativas. Además, se han instalado hasta dieciocho cámaras que leerán matrículas para regular el acceso.
Los puntos designados para ingresar a la ZBE estarán señalizados en varias calles clave: Cuesta del Muelle, Cordoneros, Avenida del Mar, entre otras. Las salidas se realizarán por vías como Cara, Sales y Puerta Socorro.
García Lorca también recordó que el Ayuntamiento ha creado un Registro municipal para los vehículos autorizados a circular por esta zona durante horarios específicos. Se podrá consultar información sobre este registro en la página web municipal www.almeriaciudad.es.
El proceso para registrarse implica presentar una solicitud ante el Ayuntamiento, donde se evaluarán las condiciones para confirmar o denegar la inscripción. A partir de ahora, no respetar las restricciones establecidas será considerado una infracción grave, con multas que alcanzan los 200 euros.
La concejala enfatizó que la implementación de la ZBE responde más a un marco legal que a problemas inmediatos de contaminación en Almería. Sin embargo, subrayó el compromiso del municipio por reducir las emisiones contaminantes y avanzar hacia una menor huella de carbono.
¿Puedo circular por la ZBE?
Aquellos con distintivo ambiental (0, ECO, C y B), bicicletas o vehículos históricos podrán circular sin necesidad de documentación adicional. El Ayuntamiento recomienda obtener el distintivo ambiental correspondiente.
Además, ciertos vehículos sin distintivo también podrán acceder si prestan servicios esenciales o están vinculados a comercios locales; estos deberán presentar documentación acreditativa según lo requerido.
A partir del 1 de enero, las restricciones en la ZBE serán aplicadas rigurosamente tras finalizar el periodo de moratoria. Con esta medida, Almería busca avanzar hacia un futuro más sostenible y menos contaminante.
Cifra | Descripción |
---|---|
1 de enero de 2025 | Fecha de entrada en vigor |
18 | Número de cámaras para controlar el acceso |
200 euros | Multa por infracción grave |
8:00 - 20:00 | Horas de funcionamiento del registro municipal |
Todos los vehículos con distintivo ambiental (0, ECO, C y B), ciclos, bicicletas y vehículos de movilidad personal, vehículos históricos y aquellos que, sin distintivo ambiental, se encuentren de alta en el municipio de Almería, en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT). En todos estos casos no es necesaria presentar documentación acreditativa para poder circular. Se recomienda la obtención y colocación del distintivo ambiental.
Sin distintivo ambiental, podrán acceder también vehículos que prestan servicios médicos, funerarios, protección civil, vehículos del Servicio de Extinción de Incendios, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, transporte público colectivo, autoescuelas, así como aquellos destinados a servicios generales y públicos básicos (limpieza, retirada de residuos, mantenimiento, obras, zonas verdes…). En estos supuestos tendrán que presentar documentación acreditativa cuando el vehículo no tenga distintivo o no esté en situación de alta según los datos de la DGT.
Los titulares de comercios/hostelería/hoteles, vehículos destinados a la distribución de mercancías o al reparto a domicilio o propietarios de garajes deberán realizar una solicitud a través de la web municipal. En el caso de los propietarios de garajes se deberá adjuntar matrículas o listado de matrículas y direcciones de garajes.
A partir del 1 de enero, finalizada la moratoria respecto al régimen sancionador, se considerará como infracción grave el no respetar las restricciones de acceso, circulación y estacionamiento establecidas en las ZBE. Esta infracción será sancionada con multa de 200 euros.