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La casa de Artur Mas embargada por el Tribunal de cuentas.
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La casa de Artur Mas embargada por el Tribunal de cuentas.

miércoles 13 de diciembre de 2017, 10:03h
Faltaban por cubrir los 2,4 millones de euros que le restaban para hacer frente a la fianza de 5.275.666 euros impuesta por la organización del proceso participativo del 9-N

El Tribunal de Cuentas ha decretado el embargo provisional de la casa del expresidente de la Generalitat Artur Mas. Fue el propio Mas quien puso su domicilio como garantía de cara a cubrir las responsabilidades a las que podría ser condenado en este procedimiento contable y podrá seguir viviendo en el inmueble de la calle de Tuset de Barcelona.

Pese a los llamamientos públicos del dirigente convergente para cubrir la fianza fijada, la Assemblea Nacional Catalana (ANC) solo pudo reunir 2.331.078 euros en efectivo.

Pero no ha sido el único. El Tribunal de Cuentas también ha embargado las viviendas facilitadas por los 'exconsellers' Joana Ortega, Irene Rigau y Francesc Homs, así como por el entonces secretario de Presidència Jordi Vilajoana, para completar la cantidad en la que el órgano fiscalizador fijó los costes del 9-N. En concreto, Homs ha aportado la mitad de un inmueble en Taradell (Osona); Ortega, una finca en Barcelona, y Rigau, otra en Ribes de Fresser (Ripollès).

"El Tribunal de Cuentas lo que quiere es echarnos de casa", ha afirmado por la noche el expresidente de la Generalitat en un acto de campaña de Junts per Catalunya.

Fuentes de la defensa señalaron que la voluntad de todos ellos era que no hubiera de requerirse garantías a los otros altos cargos de la Generalitat que fueron sus subordinados y contra los que también se dirige el procedimiento contable iniciado con la denuncia de Societat Civil Catalana y Abogados Catalanes por la Constitución.

La defensa confía en que la cantidad exigida sea reducida, ya que entre las partidas consignadas por el tribunal figura una que asciende a 3,1 millones por la adquisión de ordenadores para la consulta, y los equipos están a disposición del Departament d’Ensenyament. Además, sostiene que los contratos y facturas en los que se basa el procedimiento son anteriores a la suspensión por parte del Tribunal Constitucional.

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