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Varapalo al PSOE de Almería y Córdoba DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ÉTICA Y GARANTÍAS que declara valido y legal la denuncia de irregularidades en el censo electoral

Varapalo al PSOE de Almería y Córdoba DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ÉTICA Y GARANTÍAS que declara valido y legal la denuncia de irregularidades en el censo electoral

La resolución deja en evidencia que tanto Antonio Cruz como José Luis Sánchez Teruel como Susana Díaz no han jugado limpio y han intentado hacer trampas.

Declarar nula y sin efectos la Resolución de 17 de mayo de 2021 sobre afiliaciones irregulares en el censo provisional de las provincias de Almería y Córdoba de la Comisión Regional de Garantías Electorales de Andalucía; declarar la validez del censo provisional para el proceso de primarias abierto, conforme a esta Resolución, respecto de las altas cuestionadas de Almería y Córdoba.

“Asumirán alguna responsabilidad política quienes filtraron la denuncia de irregularidad en las afiliaciones a medios de comunicación con el solo interés de hacer daño a la organización” se preguntan muchos militantes socialistas de Almería.

Precisamente, insisten militantes socialistas, “que el cambio en el PSOE de Andalucía es más necesario por actuaciones indignas y de denuncia falsa de este calado que pretenden apoyados en enemigos del PSOE externos emponzoñar un proceso legal y transparente”

COMISIÓN FEDERAL DE ÉTICA Y GARANTÍAS

“La Comisión Federal en una amplia y detallada Resolución de 13 folios, insisten afiliados indignados “pone en evidencia al PSOE de Almería de José Luis Sánchez Teruel, al de Córdoba Antonio Ruiz Cruz y a Susana Diaz, en una denuncia, que dice del poco conocimiento de procedimientos y Estatutos que tienen, y en el fondo, lamentablemente lo que pretende es conculcar el derecho de voto de quien legítimamente solicita participar en el proceso de primarias”.

“Notifíquese la presente Resolución a la Comisión Regional de Garantías Electorales de Andalucía, a la Secretaría de Organización Federal, para su traslado, respectivamente, al DAMYC (Departamento Federal de Atención al militante y a la ciudadanía) y a Comité Organizador Provincial de ALMERÍA y el Secretario General de la CEP de CÓRDOBA” dice literalmente la Resolución de la comisión de ética.

“Así reunida esta Comisión Federal de Ética y Garantías como Comisión de Garantías electorales Federal para tratar asuntos en relación al proceso electoral actual en Andalucía el 19 de mayo, de forma telemática con la presencia de todos sus miembros, a excepción de su Presidenta, por razones de agenda institucional, a la vista de la cuestión planteada frente a la Resolución de la Comisión de Garantías Electorales del PSOE de Andalucía, esta Comisión dicta la presente resolución”.

EXTRALIMITACION DEL PSOE DE ANDALUCIA

“Que, habiendo tenido conocimiento de la Resolución de 17 de mayo de 2021 de la Comisión Regional de Garantía Electorales de Andalucía sobre AFILIACIONES IRREGULARES en el Censo Provisional de las provincias de ALMERÍA Y CÓRDOBA objeto de cuestión a resultas del traslado de la Secretaría de Organización Federal, en primer lugar, esta Comisión resuelve que la misma ha sido dictada sin competencias para ello por la Comisión Regional de Garantías Electorales de Andalucía, y, por tanto, ha de resultar anulada y sin efecto”.

“Por tanto, la Resolución de 17 de mayo de 2021 de la Comisión Regional de Garantías Electorales de Andalucía sobre AFILIACIONES IRREGULARES en el Censo Provisional de las provincias de ALMERÍA Y CÓRDOBA, se ha dictado sin competencia para ello, lo que la priva de validez y eficacia. En consecuencia, recibidas aquellas reclamaciones respecto del censo electoral, deberían o bien haber remitido al DAMYC (Departamento Federal de Atención al militante y a la ciudadanía) o a la Secretaria de Organización Federal de la que depende para su resolución, y, posteriormente recurrido la misma ante esta Comisión Federal, o bien, directamente la Comisión Regional haberlas trasladado a esta Comisión Federal. En consecuencia, la Comisión Regional de Garantía Electorales de Andalucía, no tenía competencia alguna para adoptar su decisión” ….

PREVALECER DERECHO AL VOTO

Por último, resulta necesario, en este caso, como ya hemos señalado en anteriores resoluciones: “cuando se debe entender iniciada la tramitación”. Y ello, debe interpretarse de la forma más favorable al derecho de afiliación, que es aquel que realmente está en juego, como un derecho de participación política, individual y fundamental; por ello, siempre hemos interpretado que la fecha de inicio de la tramitación debe ser aquella fecha fehaciente del envío al DAMYC (Departamento Federal de Atención al militante y a la ciudadanía) por parte de los responsables de la recepción de las afiliaciones a nivel territorial por cualquiera de los medios para hacerlo (como interpreta la Junta Electoral Central, en el mismo sentido siempre a favor del derecho del voto respecto del voto por correo). Y no puede ser de otro modo, puesto que, si no lo hiciésemos así, podríamos lesionar los derechos de afiliación que corresponden aquel que inició la tramitación correctamente y en fecha hábil, y por causas que no le son imputables, como, por ejemplo, el retraso de un envío postal, su solicitud llega en un momento posterior.

Por ello, nuevamente debemos considerar validas y no irregulares, todas las afiliaciones sobre las que el DAMYC (Departamento Federal de Atención al militante y a la ciudadanía) nos informa que el inicio de tramitación, conforme a los anteriores criterios, es anterior o del mismo 6 de mayo, pues la fecha de los envíos de las mismas son anteriores o de ese mismo día, debiendo considerarse la fecha del alta a estos efectos en el censo la de aquel envío.

NULIDAD DE LA DENUNCIA Y VALIDEZ DE LAS AFILIACIONES

Declarar nula y sin efectos la Resolución de 17 de mayo de 2021 sobre afiliaciones irregulares en el censo provisional de las provincias de Almería y Córdoba de la Comisión Regional de Garantías Electorales de Andalucía; declarar la validez del censo provisional para el proceso de primarias abierto, conforme a esta Resolución, respecto de las altas cuestionadas de Almería y Córdoba.
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