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Indignación en Las Pocicas contra el alcalde de Albox, Francisco Torrecillas y su mano derecha, José Campoy, por su empeño en instalar una “macrogranja”

Indignación en Las Pocicas contra el alcalde de Albox, Francisco Torrecillas y su mano derecha, José Campoy, por su empeño en instalar una “macrogranja”
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Indignación en Las Pocicas contra el alcalde de Albox, Francisco Torrecillas y su mano derecha, José Campoy, por su empeño en instalar una “macrogranja”

La Comunidad Británica y Albojense “alarmada” con un proyecto “Opaco” que contaminara la zona y deteriorara el medio ambiente y la calidad de vida de los vecinos.

Los vecinos de las Pocicas de Albox se sienten traicionados por Torrecillas y Campoy que quieren endosarles una “macrogranja” y “cargarse” una zona agrícola que mantiene la tradición de la cría animal para consumo familiar y residencial donde la calidad de vida, la pureza del aire ha revalorizado las tierras y con una “apestosa macrogranja” huira todo el mundo.

La construcción de una “macrogranja” impedirá la venta de parcelas y edificaciones de nuevas viviendas, así como la rehabilitación de cortijos, dicen los vecinos.

La alarma si no es suficiente con esta “macrogranja” se conoce que el Sr. Campoy presuntamente va comunicando a los colindantes de la “pestilente construcción” que estén tranquilos que en una segunda fase de ampliación les compraran los terrenos a mejor precio, por lo tanto, no solo es una “macrogranja” a día de hoy, sino que pretenden que sea la “madre de todas las granjas tanto de pollos como cerdos”, insisten los vecinos afectados.

Nuevodiario.es ha podido conocer que vecinos y técnicos que han solicitado copia del Proyecto de la “macrogranja”, a día de hoy les han entregado el “PROYECTO de ACTUACION”, para “NAVE DESTINADA A EXPLOTACION DE CEBO DE VOLATILES”, en Paraje “LOS QUITERIOS”, Parcela 209 y 210 del Polígono 16 del Término Municipal de Albox (Almería) (SUELO NO URBANIZABLE).

En un Estado de derecho y democrático es inaceptable la política de opacidad, nula transparencia y ninguna información ni participación que Torrecillas y el acolito Campoy están desarrollando en Albox convirtiendo la localidad en la peor expresión de una república bananera.

Nos recuerdan a Nuevodiario.es los vecinos que, existe una abundante jurisprudencia que sostiene que el ejercicio de la acción pública se reconoce a favor de los ciudadanos, incluidas tanto las personas físicas como las jurídicas, y que no requiere una especial legitimación, como puede ser la derivada de un título de propiedad; de manera que la actuación de los ciudadanos que instan poner en marcha un proceso, es lícita y ajustada a Derecho aunque sólo invoquen el interés de cualquier ciudadano en la preservación de la legalidad urbanística, aun sin pretender el reconocimiento de una situación jurídica individualizada.

En suma, el derecho de información, genéricamente referido a cualquier actuación administrativa, tiene especial relevancia en el derecho urbanístico, donde el control de la observancia de la legalidad, así como la de los planes y demás instrumentos de ordenación y de gestión urbanística, puede ser instada por cualquier ciudadano, conforme al artículo 4 del Texto Refundido de la Ley del Suelo (Real Decreto Legislativo 2/2008). En los expedientes urbanísticos todas las personas disponen de la condición de interesadas sin necesidad de acreditar legitimación especial.

En lo relativo al suelo y al urbanismo este derecho a la información y al acceso a los expedientes está directamente relacionado con la acción pública, que faculta para actuar a cualquier ciudadano o grupo sin necesidad de acreditar interés directo para asegurar el cumplimiento de la legalidad. Ello implica que disponen del derecho de acceso y de obtener copia de los expedientes administrativos en cualquier momento de su tramitación (artículo 35.a de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común) o de los documentos que forman parte de expedientes concluidos (artículo 37.8).

Para garantizar el derecho a la información urbanística se articulan dos mecanismos: el examen material y directo de los actos administrativos y la información directa por escrito. Además, este derecho lleva aparejado el de poder obtener copia de la documentación de los planes y proyectos, así como la documentación de los expedientes urbanísticos en que han sido tramitados.

La letra y finalidad de la Ley 27/2006, que claramente pretende otorgar a los ciudadanos un derecho de acceso a la información disponible en las administraciones públicas lo más amplio posible; de ahí las referencias a toda la información en forma escrita, visual, sonora, electrónica o en cualquier otra forma (artículo 14 Ley 27/2006,).

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