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Medidas adoptadas por el Gobierno en la crisis del COVID-19

Medidas adoptadas por el Gobierno en la crisis del COVID-19
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jueves 02 de abril de 2020, 11:35h
Medidas adoptadas por el Gobierno en la crisis del COVID-19
Aquí están todas las medidas sanitarias, económicas, laborales y sociales entre otras que el Ejecutivo de Pedro Sánchez ha tomado
Medidas adoptadas por el Gobierno en la crisis del COVID-19

Financiación de medidas sanitarias urgentes

  • Se aprueba un anticipo de 2.867 millones a cuenta del sistema de financiación, que van a ser transferidos a las Comunidades Autónomas para reforzar sus servicios sanitarios. Alrededor de 1.400 millones de euros se han pagado este lunes 23 de marzo y en el mes de abril la otra mitad. Se quiere reforzar, de esta manera, la liquidez de las Comunidades Autónomas, anticipando al máximo su financiación para que puedan atender con las máximas garantías el reto sanitario actual.
  • El Gobierno moviliza 1.000 millones del Fondo de Contingencia para el Ministerio de Sanidad para gastos sanitarios extraordinarios. El Ministerio, de este importe, va a transferir en breve 210 millones de euros a las CCAA para atender las necesidades más urgentes.
  • Se concede un crédito extraordinario en el presupuesto del Ministerio de Sanidad, por más de 19 millones de euros, para la compra de material de protección, de pruebas diagnósticas, y la realización de campañas de difusión.
  • Se habilita un crédito a través del Fondo de Contingencia, por importe de 30 millones para la investigación sanitaria para ayudar a encontrar cuanto antes un remedio a esta enfermedad.
  • Se distribuye por CCAA el Fondo Social Extraordinario dotado con 300 millones de euros aprobado por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. Los recursos de este Fondo, que se transferirá a las CCAA, sólo puede utilizarse para hacer frente a situaciones derivadas del COVID-19.

Material e instalaciones

  • Se ha modificado la norma para que el Gobierno pueda regular precios de medicamentos y material esencial ante la epidemia, de forma que se puedan fijar precios máximos si es necesario.
  • Se asegurará que el personal y los centros y establecimiento sanitarios de carácter militar contribuyan a reforzar el sistema nacional de salud.
  • Se podrán adoptar las medidas que aseguren el abastecimiento de bienes y servicios necesarios para la protección de la salud pública, pudiendose intervenir y ocupar transitoriamente industrias, y locales de titularidad privada, así como la industria farmacéutica.
  • Se ha dispuesto que todas aquellas personas que dispongan de material higiénico y sanitario (mascarillas, equipos de diagnóstico, guantes o batas impermeables) y aquellas empresas con capacidad de producción, deben ponerlo en conocimiento del Gobierno.
  • Se ha diseñado un plan de compra centralizada para cumplir tres objetivos: reforzar los procesos de compra de las CCAA, la distribución para cubrir necesidades acuciantes de la población y los profesionales y organizar la capacidad de producción a nivel nacional e internacional.
  • Se está apoyando a las empresas fabricantes del material sanitario necesario y se articulará una reserva estratégica de productos para futuras pandemias.
  • Se han incrementado las funcionalidades de los equipos ya instalados.
  • Desde el 10 al 31 de marzo, se han repartido más de 32 millones de unidades de material de protección entre las CCAA. Se ha acelerado la distribución de mascarillas con el reparto de más de 5 millones de unidades en las últimas 48 horas. Las CCAA han recibido más de 77.000 batas desechables, 83.900 buzos y 408.000 unidades de otro tupo de material de protección como calzas, delantales o gorros.

Competencias autonómicas

  • Se ponen todas las instalaciones de la sanidad privada a las órdenes de todos los consejeros autonómicos para las necesidades que se requieran.
  • Los consejeros autonómicos podrán habilitar espacios para uso sanitario en locales públicos o privados.

Personal sanitario

  • Quedan suspendidas las rotaciones de residentes que aún no hayan obtenido su especialización.
  • Se prorroga la contratación de los residentes en el último año de formación en determinadas especialidades.
  • Los profesionales sanitarios jubilados médicos/as y enfermeros/as menores de 70 años podrán ser reincorporados al servicio activo por la autoridad competente de la comunidad autónoma
  • Se autoriza con carácter transitorio y excepcional la contratación extraordinaria de perfiles sanitarios con un grado en licenciatura y que carecen aún del título de especialista, siempre que hayan aprobado el MIR.

Otras medidas con impacto sanitario

  • Se refuerzan las medidas policiales de seguridad para garantizar el normal funcionamiento de los centros sanitarios, establecimientos de elaboración, almacenamiento y distribución de productos farmacéuticos y sanitarios, y apoyar los desplazamientos de los equipos médicos y de emergencia.
  • Se fija como función de las diferentes policías prestar apoyo para garantizar el suministro alimentario y de otros bienes y servicios.
  • Se refuerzan las medidas de seguridad de los aeropuertos, estaciones ferroviarias y centros de producción de energía.
  • Se ha cancelado el servicio de expedición y renovación de DNI y pasaporte mediante el servicio de cita previa y asistencia a las comisarías.
  • Se ordena una vigilancia digital de redes sociales e Internet para detectar grupos o elementos que pudieran pretender alterar el orden público.
  • Se suspende en todo el territorio nacional la apertura al público de todos los hoteles y alojamientos similares, alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia, campings, aparcamientos de caravanas y establecimientos similares.
  • Se establece que la contratación pública para hacer frente al COVID-19 se tramitará por el procedimiento de emergencia, así mismo, se establecen medidas específicas para agilizar la contratación de la crisis sanitaria, particularmente con el exterior.
  • Se permite que los empleados públicos, sin modificación de sus circunstancias laborales, puedan realizar tareas distintas a las de su puesto de trabajo y apoyar voluntariamente aquellas áreas y actividades de carácter sanitario, sociosanitario, de empleo, para la protección de colectivos vulnerables y aquellas otras que requieran un refuerzo en materia de personal como consecuencia de la situación provocada por el Covid-19.

Apoyo a las empresas y los autónomos

  • Se ha creado una línea de avales del Estado a través del ICO por importe de 100.000 millones para empresas y autónomos, de manera que puedan cubrir necesidades de financiación.
  • Las empresas podrán solicitar créditos a la banca privada contando con el aval del Estado.
  • Se ha reforzado la normativa sobre inversiones exteriores para impedir que la caída de la cotización de las empresas españolas las haga presas de compañías de fuera de la Unión Europea.
  • Se crea una línea dotada con 2.000 millones de euros para las empresas exportadoras.
  • Se va a dotar con 250 millones la adaptación de las pymes a entornos digitales y soluciones de trabajo no presenciales a través de proyectos de I+D+i o adquisición de equipamiento.
  • Para la protección del empleo de pymes y autónomos, se ha aprobado una moratoria de seis meses para el pago de impuestos a trabajadores por cuenta propia y a pequeñas y medianas empresas, hasta un máximo de 30.000 euros, que permitirá inyectar 14.000 millones al sistema productivo. Y para las bajas temporales, la Seguridad Social abonará el 75% de los salarios.
  • Para proteger a los sectores productivos más afectados por la crisis como el transporte y el turismo, se ha dotado una línea del ICO con más 400 millones para empresas turísticas, transporte y hoteleras.
  • Para preservar empleo, se amplían las bonificaciones a la Seguridad Social en contratos fijos discontinuos para que cubran los contratos de febrero a junio de 2020. Además, se van a flexibilizar los derechos de uso (slots) para que las compañías aéreas decidan si los usan o no sin miedo a perderlos.
  • Se van a movilizar más de 200.000 millones de euros para contrarrestar la fuerte caída de actividad, (117.000 millones de euros proceden del sector público, el resto, llegará del sector privado).
  • Se habilita a la Seguridad Social para conceder moratorias en el pago de las cotizaciones sociales a empresas y autónomos y se permite el aplazamiento del pago de deudas con la Seguridad Social hasta el 30 de junio.
  • Los autónomos y las autónomas que accedan a la prestación por cese de actividad podrán aplazar sin cargo la cuota de la Seguridad Social de marzo por los días que hayan trabajado.
  • Se incluyen en la moratoria de las hipotecas los inmuebles afectos a la actividad económica de autónomos y autónomas.
  • Se establecen diferentes medidas para que los autónomos y las empresas que se hayan visto afectadas por el COVID-19 puedan flexibilizar el pago de suministros básicos como la luz, el agua o el gas, llegando incluso a la posibilidad de suspender el pago. Las cantidades adecuadas se abonarán como máximo a los seis meses siguientes a la finalización del estado de alarma.
  • Se flexibilizan los procedimientos de las convocatorias de préstamos o ayudas a la Secretaria General de Industria y de la Pyme. Se podrán solicitar modificaciones en los cuadros de amortización de préstamos ya concedidos a proyectos industriales.
  • Se amplía en 60 millones de euros la dotación para CERSA (Compañía Española de Reafianzamiento).
  • Se habilita al ICEX para la devolución a las empresas que hayan incurrido en gastos no recuperables por las cuotas pagadas para participación en ferias u otras actividades de promoción internacional que hayan sido convocadas por la institución y se hayan visto canceladas, aplazadas o afectadas por el COVID-19.
  • Se suspende, durante un periodo de un año y sin necesidad de solicitud previa, el pago de intereses y amortizaciones de los créditos concedidos por la Secretaria de Estado de Turismo.
  • Se incluye al CDTI entre los organismos que podrán agilizar las ayudas y aportaciones al sector empresarial, con el fin de fomentar la innovación en la lucha contra la pandemia.
  • Se introduce flexibilidad en la comercialización de combustibles.
  • Se amplía en dos meses desde la finalización del estado de alarma los permisos de acceso y conexión de las redes eléctricas.

Apoyo a las Comunidades Autónomas

  • Las CCAA podrán solicitar de forma anticipada parte de la liquidación (el 50%) correspondiente a 2018, que se eleva a casi 10.000 millones de euros.
  • Se han aprobado las cuantías del II Trimestre del Fondo de Financiación a CCAA en la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, inyectándose en las CCAA 3.134,78 millones de euros.
  • Se han agilizado los procedimientos para autorizar avales y fianzas.
  • Para que las CCAA puedan prorrogar o mejorar sus programas de avales a Pymes ya existentes, se les exime de la necesidad de autorización por parte del Consejo de Ministros.
  • Se autoriza a la Comunidad Autónoma de Andalucía para que pueda otorgar garantías, por un importe máximo de 20 millones de euros, en el marco de una línea de avales creada por la Junta de Andalucía para luchar contra los efectos de la evolución del Coronavirus (Covid-19).

Otras medidas económicas

  • Se permite que los ingresos derivados de la cotización por formación profesional puedan aplicarse a la financiación de cualquiera de las prestaciones y acciones del sistema de protección por desempleo.
  • Se concede a las fundaciones bancarias que tuviesen un plan de desinversión ya aprobado por el Banco de España ampliar hasta en dos años el plazo con el que contaran.
  • En materia de inversión, se adopta una norma de carácter macroprudencial, habilitando a la Comisión Nacional del Mercado de Valores para modificar los requisitos aplicables a las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva.

ERTEs

  • Se simplifican los procedimientos de ajuste temporal de empleo (ERTE), sin que suponga una merma de garantías o de la seguridad jurídica.
  • Aquellos trabajadores que entren en un ERTE sin reunir los requisitos de desempleo percibirán la prestación, mientras que aquellos que sí tengan derecho al desempleo no computarán este tiempo de ERTE, es decir, es como si pusiéramos el contador a cero para ellos.
  • Respecto a los trabajadores autónomos, se autoriza la flexibilización del acceso a la prestación por cese de actividad. El cobro de la prestación será compatible con la exoneración del pago de cuotas a la Seguridad Social y con la aprobación de ERTE para sus trabajadores, si el autónomo tiene asalariados contratados.
  • Las pymes que entren en ERTE estarán exentas de abonar las cotizaciones empresariales. La exención será del 75% para el resto de empresas condicionada a la preservación del empleo tras el ERTE como consecuencia del CoVID-19.

Apoyo a los trabajadores

  • Se garantiza el derecho al cuidado para todos los trabajadores, que podrán acogerse a reducciones de jornada de hasta el 100% y a una reorganización del tiempo de trabajo por cuidado de familiares hasta segundo grado, sin que puedan ser despedidos.
  • Se establecen beneficios para los trabajadores fijos discontinuos, a tiempo parcial y cooperativistas en materia de prestaciones por desempleo.
  • Las personas contagiadas, o en aislamiento preventivo, serán consideradas en situación de incapacidad temporal por contingencias profesionales. Lo que implica que desde el día siguiente al de la baja laboral, estas personas perciban el 75% de la base reguladora, con cargo a la Administración.
  • Se han adoptado medidas en los centros de trabajo dependientes de la Administración General del Estado dónde se permite a los trabajadores públicos que se encuentren en situación de aislamiento por motivo del coronavirus, que continúen percibiendo el cien por cien de sus retribuciones durante el tiempo que permanezcan en dicha situación.
  • Se establece que no estará justificado el despido que se realice por causas relacionadas con el Covid-19.
  • Se agiliza el acceso a la prestación por desempleo y se clarifica su alcance.
  • Se establece que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social incluirá entre sus planes de actuación la comprobación de las causas alegadas para los ERTE. Asimismo, se establece que en caso de solicitudes con falsedades e incorrecciones, el empresario podrá ser sancionado y deberá devolver a la entidad gestora las cuantías percibidas en concepto de desempleo por los trabajadores.
  • Se interrumpe el cómputo de la duración máxima de los contratos temporales.
  • Se ha regulado un permiso retribuido recuperable para las personas que trabajen en servicios no esenciales. Este permiso se prolongará desde el 30 de marzo al 9 de abril, ambos días inclusive. Las jornadas no trabajadas en este periodo se irán devolviendo de manera gradual y consensuada a las empresas. La medida resulta aplicable al sector privado y no se aplicará a las trabajadoras y los trabajadores en situación de incapacidad temporal o cuyo contrato esté suspendido por otras razones. Esta medida no se aplicará a aquellas personas afectadas por un ERTE, para las que exista un mecanismo de distribución irregular implantado ni a aquellas que estén teletrabajando.
  • Se crea un nuevo subsidio para empleadas del hogar afectadas por el cese o reducción de actividad y para trabajadores temporales cuyo contrato finalice y que no tuviesen derecho a prestación.
  • Se establece que las personas que tuvieses un contrato temporal de duración de al menos dos meses que se hubiese extinguido tras la declaración del estado de alarma y que no alcancen el periodo de cotización mínimo para percibir una prestación por desempleo pueden percibir un subsidio extraordinario equivalente al 80% del importe mensual del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem).

Apoyo a las familias

  • Se van a destinar 600 millones de euros para prestaciones sociales básicas de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales.
  • Se prohíbe el cese de suministros básicos como el agua, la luz y el gas, a los colectivos más vulnerables.
  • Se prorroga la vigencia del bono social eléctrico a los beneficiarios que deberían renovarlo antes el 15 de septiembre.
  • Se suspende la revisión de los precios máximos de venta al público de gases licuados de petróleo (GLP) envasados, como bombonas de butano, y de la Tarifa de Último Recurso (TUR) de gas natural. Se mantendrán los precios actuales durante los próximos seis meses.
  • Se destinan 300 millones de euros para la flexibilización de la regla de gasto, para que los ayuntamientos puedan usar su superávit si lo invierten en partidas de atención social (dependencia, servicios sociales y problemas de índole social derivados del coronavirus).
  • El Gobierno destina 25 millones a paliar la pobreza infantil como consecuencia de la suspensión de la actividad de los comedores escolares.
  • Las empresas no podrán cortar los suministros básicos en la vivienda habitual de ningún ciudadano durante el estado de alarma.
  • Para aliviar las necesidades de liquidez de los ciudadanos, se amplían los supuestos en los que se pueden rescatar las aportaciones realizadas a planes de pensiones, de forma que podrán recurrir a las mismas las personas que estén inmersas en un expediente de regulación temporal de empleo y los autónomos que hayan cesado su actividad como consecuencia de los efectos del COVID-19.

Vivienda

  • Se impondrá a la banca una moratoria en el pago de las hipotecas para los trabajadores afectados por la emergencia económica y sanitaria. Esta medida beneficiará a los trabajadores que vean reducidos sus ingresos o se vayan al paro como consecuencia de la situación de emergencia.
  • Se garantiza el derecho a la vivienda de los colectivos más afectados.
  • Se prohíben los desahucios de inquilinos durante seis meses desde la entrada en vigor del estado de alarma.
  • Se articulan microcréditos a través del ICO para que los inquilinos en situación vulnerable puedan hacer frente al pago del alquiler con un plazo de devolución de hasta 10 años.
  • Se implanta la renovación automática de los contratos de alquiler que venzan en los tres meses siguientes a la entrada en vigor de esta norma. Esta prórroga será de seis meses y en ella se mantendrán los términos y condiciones del contrato en vigor.
  • Se establece una moratoria automática en el pago de su renta para aquellos arrendatarios en situación de vulnerabilidad cuyo arrendador sea un gran tenedor de vivienda, tanto público como privado, incluido el Fondo Social de Vivienda de las entidades financieras. Se entiende como tal a quien posea más de diez inmuebles.
  • Se regula la moratoria para el caso en el que el arrendador no sea un gran tenedor de inmuebles. En estas circunstancias, el inquilino, siempre que se encuentre en situación de vulnerabilidad, podrá solicitar un aplazamiento en el pago de su renta. En el caso de que no haya un acuerdo, el inquilino tendrá acceso a un programa de ayudas transitorias de financiación a coste cero con aval del Estado.
  • Para personas que tengan problemas más permanentes para el pago del alquiler, se establece también un nuevo programa de ayudas directas al alquiler sobre vivienda habitual. La norma incorpora un programa específico para víctimas de violencia de género, personas sin hogar y otras especialmente vulnerables, a fin de dotarles de una solución habitacional inmediata. Se establece una ayuda de hasta 600 euros al mes, que elevarse en casos justificados hasta 900 euros, siempre con un límite del 100% de la renta del inmueble. Y se añaden otros 200 euros para la atención de los gastos de mantenimiento, comunidad y suministros básicos.

Refuerzo de derechos sociales

  • Se van a transferir a las comunidades autónomas 300 millones de euros para reforzar las residencias de mayores.
  • Se dotará a los trabajadores de residencias de ancianos de equipos de protección individual (EPI).
  • Con la ayuda de las Fuerzas Armadas se van a entregar kit de higiene, alimentación y bebida a las personas sin hogar.
  • Se habilitarán comedores sociales con comida para llevar.
  • Se van a reforzar los centros para personas sin hogar con personal sanitario.
  • Se van a adaptar espacios para alojar, garantizar la higiene y la alimentación y atender a personas sin hogar, con profesionales sociales y sanitarios con posibilidad de zonas de aislamiento para personas infectadas.
  • Se ponen a disposición de Sanidad un total de 19.500 camas para medicalizar en más de mil edificios para compensar la sobreocupación de los hospitales.
  • Se pone a disposición de las CCAA las instalaciones y medios materiales y humanos de las residencias privadas de mayores.
  • Se dota de recursos a los municipios para que repartan comida a domicilio, productos de primera necesidad y farmacéuticos para las personas mayores.
  • Se financian las ayudas destinadas a garantizar el derecho básico de alimentación de niños y niñas en situación de vulnerabilidad que se encuentran afectados por el cierre de centros educativos. El reparto se trata de 25 millones de euros. Se trata de niños y niñas que recibían en sus centros educativos una beca comedor, y que ant el cierre de los mismos, se encuentras desprovistos de esta comida esencial.

Educación

  • Se suspende la actividad docente presencial en todos los niveles educativos, así como las actividades educativas complementarias. Durante el período de suspensión se mantendrán las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y “on line”, siempre que resulte posible.
  • Las administraciones educativas podrán adaptar el límite mínimo de días lectivos a las necesidades derivadas de la interrupción de las clases presenciales.
  • Se facilitará que los calendarios de acceso y matrícula a la universidad se ajusten a los que finalmente tengan los exámenes de la EBAU, la antigua selectividad.
  • Esta misma circunstancia se aplicará al calendario de la prueba de acceso y matrícula para la Formación Profesional de grado medio y superior. También se facilitará que la suspensión de las prácticas no comprometa la titulación, con plazos y medidas de evaluación excepcionales.
  • Para facilitar la educación a distancia, el Ministerio pondrá a disposición de las Comunidades Autónomas recursos digitales para uso del profesorado y el alumnado en todos los niveles educativos.

Consumo y suministros

  • Queda suspendida la actividad comercial, salvo la adquisición de alimento y productos de primera necesidad.
  • Se suspenden las actividades de hostelería y restauración, pudiendo prestarse exclusivamente servicios de entrega a domicilio. Se permite la apertura de clínicas veterinarias y el servicio de peluquería a domicilio.
  • Se garantiza el abastecimiento alimentario y se podrá acordar la intervención de empresas o servicios.
  • Se podrán adoptar las medidas necesarias para garantizar el suministro de energía eléctrica y de productos derivados del petróleo.
  • Se establecen medidas para la protección de infraestructuras críticas para asegurar la prestación de los servicios esenciales.
  • Para proteger a los consumidores por los posibles abusos en precios de productos básicos, el Ministerio de Consumo instará a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a investigar estos hechos.
  • Se refuerzan los derechos de los consumidores en la suspensión o rescisión de contratos de compraventa de bienes y de prestación de servicios, sean o no de tracto sucesivo, cuya ejecución sea imposible como consecuencia de la aplicación de las medidas adoptadas en la declaración del estado de alarma.
  • En los contratos de tracto sucesivo, se paralizará el cobro de nuevas cuotas has que el servicio pueda volver a prestarse con normalidad, sin que esto suponga la rescisión del contraro.
  • En el ámbito del sector de las telecomunicaciones, la suspensión de la portabilidad sólo afecta a aquellas operaciones en las que exista necesidad que los usuarios se desplacen físicamente a las tiendas o de que se realicen intervenciones físicas en el domicilio.

Víctimas de violencias machistas

  • Se garantiza la prestación de los servicios de información y asesoramiento jurídico 24 horas habituales, y se añade un nuevo servicio de atención psicológica.
  • Igualmente, se garantiza el normal funcionamiento del servicio Telefónico de Atención y Protección para víctimas de la violencia de género (ATENPRO).
  • Se garantizan los servicios de acogida. Entre ellos, el normal funcionamiento de los centros de emergencia, acogida, pisos tutelados, y alojamientos seguros para víctimas de violencia de género, explotación sexual y trata con fines de explotación sexual.
  • Las Administraciones Públicas competentes podrán disponer, cuando sea necesario, del uso de los establecimientos de alojamiento turístico en el caso de que no haya plazas disponibles durante el estado de alarma en los centros designados para ello.
  • Se mantendrán con normalidad los servicios de seguimiento por medios telemáticos del cumplimiento de las medidas cautelares y penas de prohibición de aproximación.
  • Se establecen limitaciones en la publicidad y en las actividades de promoción de determinadas actividades de juego online.

Investigación

  • Se están llevando a cabo tres ensayos clínicos para luchar contra el COVID 19: dos de ellos para enfermos graves y un tercero para pacientes en nivel precoz y como profilaxis.
  • Se destinarán 30 millones de euros a la investigación de una vacuna frente al coronavirus vía el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y el Instituto de Salud Carlos III (ISC-III).

Fuerzas Armadas

  • Se ponen todos los medios de los hospitales militares (en Madrid y Zaragoza) a las órdenes del Ministerio de Sanidad, así como los médicos militares en reserva, y camas de hospitales de campaña y elementos de desinfección.
  • Las Unidades Militares de Emergencias y el Ejército de Tierra repartirán alimentos para las personas que carecen de hogar y no tienen recursos.
  • Las Fuerzas Armadas amplían participarán en el traslado de enfermos, por vía aérea o terrestre, de centros hospitalarios saturados a centros próximos con recursos sanitarios disponibles
  • También participarán en garantizar la seguridad de infraestructuras críticas.
  • El Ejército prestará apoyo logístico para transportar material sanitario desde el extranjero y dentro del territorio nacional, y para transportar personal clave entre la península y territorios extrapeninsulares.
  • El personal militar prestará apoyo para el transporte de españoles con dificultad para regresar a nuestro país por los cierres de fronteras.

Transporte público

  • Renfe facilita los cambios y anulaciones de billetes sin coste a los viajeros afectados por las medidas, y devuelve los billetes a los viajeros de los programas de vacaciones del Imserso.
  • Se han suspendido los viajes del Imserso durante un mes.
  • El transporte público por carretera, ferroviaria y aérea se reduce un 50%, salvo Cercanías.
  • Cada autoridad autonómica o local podrá fijar los porcentajes de reducción que estimen convenientes, y deberán comunicar su decisión.
  • Se reduce a un tercio la capacidad de RENFE para mantener el espacio necesario entre los usuarios. La ocupación de cada coche que circule será del 30%.
  • Se reducen un 85% las plazas de transporte globales.
  • Los sistemas de venta online muestran un mensaje visible que advierte que no se debe viajar excepto por necesidad.
  • Los operadores de transporte deberán realizar una limpieza diaria de los vehículos.
  • Se restringen los vuelos comerciales o privados, así como el desembarco de pasajeros de buques con origen en el territorio nacional a los puertos y aeropuertos de las Islas Baleares.
  • En los aeródromos se podrán abrir solamente aquellos establecimientos que sean imprescindibles para atender las necesidades esenciales de trabajadores, proveedores y pasajeros.
  • Se prohíben los vuelos en helicóptero entre cualquier aeropuerto o helipuerto situado en el territorio nacional y Ceuta, así como el desembarco en el puerto de Ceuta.

Límites a la libertad de circulación

  • Sólo se permite la circulación de personas para actividades absolutamente necesarias, como adquirir alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  • Se limita la libertad de circulación en las playas.
  • Se podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras, o la restricción del acceso por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico.
  • Se ponen en marcha controles fijos y móviles en vías, espacios públicos y medios de transporte.
  • España cierra las fronteras durante 30 días desde el día 17 de marzo, salvo para los nacionales que vuelvan a su residencia y excepciones diplomáticas.

Prisiones

  • Se aplican medidas de restricción de movimientos a las 69 cárceles y Centros de Inserción Social (CIS), dónde trabajan unos 23.000 funcionarios y permanecen recluidos 50.800 presos. La medida no afecta a las prisiones de Cataluña, que gestiona la Generalitat.
  • Se suspenden las comunicaciones ordinarias y salidas de permiso de las personas recluidas en instituciones penitenciarias. Se establecen medidas para proteger la salud de las personas internas y del personal empleado.

Movilidad exterior

  • Se prohíben los vuelos directos entre la República Italiana y los aeropuertos españoles.

Deporte

  • Se ha autorizado al Consejo Superior de Deportes la convocatoria, para el año 2020, de las ayudas a las Federaciones deportivas españolas. Se han adelantado los trámites por la crisis sobrevenida de la lucha contra el Covid-19 y por las actuales restricciones presupuestarias.

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