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La Mezquita de Córdoba nunca perteneció a la Iglesia

La Mezquita de Córdoba nunca perteneció a la Iglesia

sábado 15 de septiembre de 2018, 13:55h

El análisis histórico y jurídico del monumento del que lña iglesía se apropió en 2006 señala que "la Iglesia no tiene ni puede tener título de propiedad alguno sobre la Mezquita". En dicho informe se considera de dominio público y proponen elevar un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional para anular la inmatriculación, al considerar que no tiene validez jurídica.

" La Iglesia Católica no tiene ni puede tener título de propiedad alguno sobre la Mezquita-Catedral de Córdoba" concluye conclusión un informe encargado a expertos por el Ayuntamiento de Córdoba acerca de la titularidad de la Mezquita y que, tras un análisis histórico y jurídico del monumento, deja claro que la Iglesia jamás tuvo la propiedad del monumento.

La inmatriculación de la Mezquita-Catedral fue en 2006, durante el Gobierno de Aznar cuando la iglesía la inscribió a su nombre como Santa Iglesia Catedral en el Registro de la Propiedad, utilizando para ello el artículo 206 de la Ley Hipotecaria, que recuperaba la consideración de fedatarios públicos que los obispos habían tenido en la ley hipotecaria franquista (1944) y les otorgaba capacidad de registrar bienes sin aportar títulos de propiedad.

"En la referida inmatriculación faltan los tres requisitos básicos exigibles a cualquier registro de un bien: prueba de la propiedad, descripción del bien y certificación de que se encuentra libre de cargas", deja patente uno de los responsables del informe, que señala además que la inmatriculación "no tiene validez jurídica".

La apropiación fue denunciada por la Plataforma por una Mezquita-Catedral Patrimonio de Todos, que han argumentado que tras la apropiación del monumento por parte de la Iglesia, esta ha borrado el nombre de Mezquita.

Fue sin embargo el ayuntamiento encargó este informe a un grupo de expertos para delimitar la titularidad de la Mezquita-Catedral y emprender basándose en ello las medidas oportunas. Entre esos expertos se encuentran el exdirector general de la Unesco Federico Mayor Zaragoza entre otros que para demostrar cómo su propiedad ha estado ligada siempre al Estado, ha indagado y concluido que a partir de 1236, tras la conquista cristiana de Córdoba, en el edificio se haya practicado el culto católico. " A la luz de la documentación histórica conservada, podemos afirmar que la Iglesia Católica no puede demostrar propiedad del edificio", asegura el informe.

En el análisis histórico, se aclara que "la información actualmente disponible respecto a la época andalusí (siglos VIII al XIII) permite establecer que la Mezquita de Córdoba carece de antecedentes cristianos documentados, que se origina como un proyecto arquitectónico directamente ligado a la dinastía Omeya y que, como tal, fue un edificio de propiedad estatal a lo largo de todos los siglos de al-Andalus". Es esa propiedad estatal la que los expertos certifican a lo largo de la Historia, con datos que así lo demuestran desde la época de la conquista cristiana, con la titularidad en manos del Estado y la supervisión en manos del Concejo de Córdoba de la época, hasta el siglo XX: "Durante los siglos XIX y XX se mantiene tanto la vinculación del pueblo de Córdoba con su Mezquita como su carácter de edificio público, encargándose el Estado de su protección y conservación, siempre con el apoyo cercano y constante del Ayuntamiento de la ciudad". "El uso religioso de una antigua mezquita no supone reconocimiento de propiedadpor parte de la Iglesia, salvo que exista donación expresa. Y en el caso cordobés, no existe donación expresa".

Llaman la atención también sobre cómo en el Archivo de la Catedral no consta documento que acredite la propiedad de la Mezquita: "Fue la Iglesia Católica la única institución suficientemente cuidadosa en la conservación de las pruebas documentales que certifican sus propiedades. En este contexto, resulta significativa la falta de referencia alguna en la documentación eclesiástica a la supuesta donación o a la propiedad de la Mezquita Catedral".

Como final del documento, los expertos realizan una propuesta de actuación al Ayuntamiento para reclamar la titularidad de la Mezquita-Catedral. "El Ayuntamiento tiene legitimidad para actuar en contra de la inmatriculación en cumplimiento de su deber institucional de defensa de un bien público en el ámbito del municipio", argumentan. Y, por ello, aconsejan que la herramienta más apropiada para ello "sería recabar los apoyos parlamentarios necesarios para el planteamiento de un Recurso de Inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional con el objetivo final de anular la inscripción" de la Mezquita-Catedral a nombre de la Iglesia en el Registro de la Propiedad.

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