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Tribunal Supremo investigará a Puigdemont y Wagensberg por delitos de terrorismo
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Tribunal Supremo investigará a Puigdemont y Wagensberg por delitos de terrorismo

viernes 01 de marzo de 2024, 08:04h
El Tribunal Supremo ha acordado investigar y, si procede, enjuiciar a Carles Puigdemont y Rubén Wagensberg por delitos de terrorismo relacionados con el caso 'Tsunami Democràtic'. Se destaca su participación en reuniones y mensajes que implican su conocimiento de los movimientos del grupo. La Sala no tiene competencia para instruir a las otras 10 personas investigadas que no son aforadas.

Por unanimidad, se ha acordado en la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo declarar su competencia y abrir causa para investigar y, si procede, enjuiciar a Carles Puigdemont, expresidente de la Generalitat y actual eurodiputado, y a Rubén Wagensberg, diputado del Parlament catalán, por delitos de terrorismo relacionados con los hechos investigados en el caso 'Tsunami Democràtic'.

La magistrada Susana Polo ha sido designada instructora de acuerdo al turno establecido, según informó el alto tribunal.

"Es necesario y pertinente que los dos aforados sean llamados al procedimiento, concluyen los magistrados. Deben ser oídos como investigados, con todos los derechos y garantías previstas en nuestro ordenamiento jurídico. Esta Sala Segunda, por tratarse de aforados, es la única que puede realizar la diligencia de investigación, no el instructor".

Después de analizar la exposición razonada presentada por el magistrado de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, en la que se exponen los indicios que según él demuestran la participación de los dos aforados en los hechos investigados, el alto tribunal ha tomado esta decisión. Se destaca especialmente su participación en las reuniones de Ginebra y los mensajes que implican su conocimiento de los movimientos de Tsunami.

Este jueves se notificó un auto en el que se declara la falta de competencia de la Sala para instruir y, en su caso, juzgar a las otras 10 personas investigadas que no son aforadas. La propia Sala exige la unidad inescindible de comportamiento para aceptar la competencia respecto a los no aforados.

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