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LA FISCALÍA PROVINCIAL DE ALMERÍA pide una condena de 2 años y 6 meses de Inhabilitación Especial a Francisco Torrecillas por un delito de CONTRA LOS DERECHOS CIVICOS, previsto y penado en el art. 542 del Código Penal

LA FISCALÍA PROVINCIAL DE ALMERÍA pide una condena de 2 años y 6 meses de Inhabilitación Especial a Francisco Torrecillas por un delito de CONTRA LOS DERECHOS CIVICOS, previsto y penado en el art. 542 del Código Penal
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LA FISCALÍA PROVINCIAL DE ALMERÍA pide una condena de 2 años y 6 meses de Inhabilitación Especial a Francisco Torrecillas por un delito de CONTRA LOS DERECHOS CIVICOS, previsto y penado en el art. 542 del Código Penal
EL FISCAL ha evacuado ESCRITO DE ACUSACION ante el JUZGADO DE LO PENAL en cumplimiento de lo que dispone el art. 780 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en relación al PROCEDIMIENTO ABREVIADO 1912020 Diligencias Previas Número 30012019.

Por todos es conocido, que el tiempo es inexorable y coloca finalmente a cada uno en su sitio.

Francisco Torrecillas, a decir de los suyos, ha utilizado, manipulado y engañado a gran parte de los integrantes de esta y la anterior Corporación, incluidos amigos del alma, como José Campoy, se ha jaztado de las irregularidades y actuaciones presuntamente ilícitas burlando a conciencia la ley y pasando de la justicia.

Ahora, aunque tarde, parece que caerá con todo el peso de la Ley sobre quien a lomos de la autarquía cabalga por la feria a lomos de un rocín emulando al cacique que recorre su feudo desde la impunidad, y ello, tras llenar el camino de víctimas de engaños, de insultos y hasta de vejaciones como las sufridas por unos pobres feriantes a los que les impidió sin motivo trabajar.

En su cinismo denuncia incluso a sus excolaboradores para desviar la atención recurriendo a la locución latina peyorativa de uso actual que describe la práctica de un gobierno que, para mantener tranquila a la población u ocultar hechos controvertidos, provee a las masas de alimento y entretenimiento denominado “Panem et circenses” en castellano (pan y circo)

INFORME FISCALIA

Francisco Torrecillas Sánchez, en su condición de Alcalde del Ayuntamiento de la localidad de Albox, Almería, actuando con la finalidad de impedir a la oposición realizar su tarea de fiscalización y control del ejercicio de la función pública de forma eficaz, de manera reiterada, dejaban de proporcionar la información y documentación que los concejales solicitaban sobre asuntos relativos al estado de ejecución del presupuesto prorrogado del Ayuntamiento del ejercicio 2017 y la ejecución de las obras que se estaban llevando a cabo en el colegio de La Milagrosa, más conocido como “El Convento”, de dicha localidad. Siendo así que, Francisco Bernardo Carrillo Quílez y Ángel Francisco Pardo Mármol, concejales del Ayuntamiento de Albox, solicitaron en reiteradas ocasiones información relevante para su labor de oposición y desarrollo de sus funciones como concejales, frente a las cuales, el acusado, de forma voluntaria e incumpliendo sus obligaciones, no contestaba, contestaba con evasivas o contestaba a las peticiones, sin que finalmente se diera efectivo cumplimiento a lo solicitado por los concejales, de forma que en todo caso, la respuesta resultaba inútil para la labor de la oposición.

HECHOS JURIDICOS

El día 12 de marzo de 2018 el concejal Francisco Pardo Mármol presentó escrito en el que solicitaba que se informara al grupo de la oposición sobre el estado de ejecución del presupuesto prorrogado del Ayuntamiento de Albox del ejercicio 2017 hasta la fecha de firma del escrito (12/03/2018), así como la identificación específica de los gastos realizados para obras/proyectos dentro de la partida de inversiones, sin que obtuviera información alguna.

El día 24 de julio de 2018 el concejal Francisco Bernardo Carrillo Quílez presenta nuevamente escrito en el que reitera la petición anterior ante la falta de contestación, solicitando que se extienda la información hasta la fecha de firma del escrito presentado (23/07/2018); sin embargo, tampoco se facilitó la información solicitada.

El día 28 de agosto de 2018, y habiendo transcurrido cinco meses sin recibir la información, el concejal Francisco Bernardo Carrillo Quílez presenta otra vez escrito al acusado solicitando nuevamente que se informe sobre el estado de ejecución del presupuesto prorrogado del ejercicio 2017 hasta la fecha de firma del escrito presentado (28/08/2018), así como sobre el límite de gasto de cada partida del presupuesto, y si se había sobrepasado. Asimismo, el concejal Francisco Bernardo Carrillo Quílez, presentó en la misma fecha escrito dirigido al acusado Francisco Torrecillas Sánchez en el que le solicitaba, ante la ausencia de información, que por parte de la Alcaldía les facilitara la información reiteradamente solicitada. Pese a tales peticiones, no se facilitó dicha información.

Ante la falta de cumplimiento de lo solicitado, el día 25 de septiembre de 2018, el concejal Francisco Bernardo Carrillo presentó nuevo escrito al acusado Francisco Torrecillas Sánchez en el que le solicitó que en su condición de alcalde diera las órdenes precisas a la Intervención del Ayuntamiento para que facilitara la información solicitada hasta la fecha de firma del escrito (25/09/2018). Tampoco se obtuvo la información precisada.

Finalmente, el día 19 de octubre de 2018, el concejal Francisco Bernardo Carrillo, presentó nuevo escrito al acusado Francisco Torrecillas Sánchez en el que le reiteraba el acceso al informe sobre estado de ejecución del presupuesto prorrogado del Ayuntamiento de Albox del ejercicio 2017 hasta la fecha de firma del escrito (19/10/2018), así como del límite del gasto de cada partida, sin obtener información alguna.

DENUNCIA ANTE LA FISCALIA

Pese a todas las peticiones efectuadas, y la celebración de plenos ordinarios y extraordinarios del Ayuntamiento de Albox, los acusados no facilitaron en ningún momento la información y documentación solicitada por los concejales de la oposición, que presentaron denuncia en la Fiscalía el 18 de enero de 2019 ante la imposibilidad de dar cumplimiento a sus funciones de fiscalización y control de la labor política.

PETICION DE CONDENA DEL FISCAL

Los hechos relatados integran un delito de CONTRA LOS DERECHOS CIVICOS, previsto y penado en el art. 542 del Código Penal.

Procede imponer al acusado Francisco Torrecillas la Pena de2 años y 6 meses de Inhabilitación Especial para empleo o cargo publico.
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