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Los Consejeros de Agua de Andalucía, Valencia y Murcia solicitan al Consejo Nacional del Agua que “deje en suspenso” la modificación de las Normas de explotación del Acueducto Tajo-Segura hasta que se disponga de un nuevo Plan Hidrológico del Tajo

Los Consejeros de Agua de Andalucía, Valencia y Murcia solicitan al Consejo Nacional del Agua que “deje en suspenso” la modificación de las Normas de explotación del Acueducto Tajo-Segura hasta que se disponga de un nuevo Plan Hidrológico del Tajo
jueves 29 de abril de 2021, 12:21h
Los Consejeros de Agua de Andalucía, Valencia y Murcia solicitan al Consejo Nacional del Agua que “deje en suspenso” la modificación de las Normas de explotación del Acueducto Tajo-Segura hasta que se disponga de un nuevo Plan Hidrológico del Tajo
En un escrito conjunto suscrito por los responsables de Agua de la Junta de Andalucía, Generalitat Valenciana y Región de Murcia, éstos recuerdan que recientemente se ha anunciado por el Gobierno la promulgación de una modificación puntual y parcial de la vigente Regla de Explotación del Trasvase Tajo-Segura, que ha sido remitida al Consejo Nacional del Agua para recabar el preceptivo informe. De otro lado, se ha anunciado también la publicación, en el plazo más dilatado de algunas semanas, de las Propuestas o borradores de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones, que serán a su vez sometidos a consulta pública durante seis meses.

En su alegato, los tres políticos recuerdan que la primera modificación normativa se encuentra actualmente en el proceso de consulta del Consejo Nacional del Agua, habiéndose emitido ya certificación previa, pendiente de una segunda vuelta que se está llevando a cabo en estos momentos.

Ambas cuestiones, –modificación de la regla y nuevo borrador de Plan- se estiman como relevantes para el futuro del TTS, “si bien limitaremos por el momento nuestro comentario a la primera de ellas”, relativa a la modificación puntual de la Regla de explotación, y consistente básicamente en el cambio del volumen máximo mensual trasvasable en nivel 2.

Se trata, continúa el texto, de “una modificación puntual y de carácter muy técnico”, de una norma de explotación relativa al trasvase hoy vigente. Sin entrar en el detalle de su idoneidad o conveniencia, la modificación que se propone “es claramente extemporánea e innecesaria en este momento, dado que es inminente la publicación de un nuevo ciclo de planificación hidrológica de las demarcaciones, entre ellas la del Tajo, donde se deben contener los datos necesarios para analizar la actualización que proceda de forma rigurosa”.

Los representantes políticos afirman que “una revisión ahora, sin que se haya publicado ni siquiera el borrador del nuevo Plan del Tajo, ha de asumir necesariamente información ya obsoleta” por lo que, considerando que los parámetros de la regla forman un conjunto integrado y matemáticamente coherente, que depende de todo un conjunto de datos como las demandas, retornos, evaporaciones, batimetrías, resguardos, series de aportaciones, etc., “es evidente que todo este conjunto, y no solo una parte, debe ser considerado para la propuesta actualización, y no es técnicamente correcto modificar solo algunos datos e ignorar el resto. En consecuencia, aseguran, “tal modificación extemporánea sería, además de provisional y parcial, técnicamente no rigurosa”, siendo preferible precautoriamente dejarla en suspenso unos meses hasta disponer de los nuevos datos actualizados del Plan.

De igual forma, los responsables hídricos indican que “es importante subrayar que ninguna razón jurídica ni técnica ni ambiental exige la urgencia pretendida en la tramitación del proceso”.

Por todo ello, la Junta de Andalucía, la Región de Murcia y la Generalitat Valenciana solicitan que “dejar en suspenso la modificación de las Normas de explotación del ATS hasta que se disponga de un nuevo Plan Hidrológico del Tajo aprobado, cuyas determinaciones finales serán las que se deban considerar para la modificación de las Reglas de manera integrada, conjunta y técnicamente rigurosa, y no provisional, parcial y puntual, y por tanto no rigurosa, como hace la reforma planteada” al tiempo que piden “tener en cuenta la situación a la hora de emitir su voto en el asunto nº1 del Orden del día de la Convocatoria de 20 de Abril de 2021, en segunda vuelta, del procedimiento escrito de 5 de Marzo”.

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