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El Fiscal acuerda la interposición de denuncia penal contra Torrecillas por ausencia total de información sobre el Convento
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El Fiscal acuerda la interposición de denuncia penal contra Torrecillas por ausencia total de información sobre el Convento

El obispo bendice una obra por la que investigan a su ejecutor


La denuncia del PSOE sobre la que se sustenta la investigación antes imputación, a la que ha tenido acceso nuevodiario.es pretende frenar legalmente la deriva autoritaria y presuntamente ilegal de Torrecillas.

Las diligencias de investigación incoadas por la Fiscalía Provincial de Almería delegadas en su tramitación al Ministerio Fiscal Sección Territorial de Huercal Overa, por el mismo se dicta, con fecha 13 de febrero de 2019, Decreto por el que se acuerda la interposición de denuncia ante el Juzgado de Instrucción de Huercal Overa contra FranciscoTorrecillas.

El Decreto de la Fiscalía en su CONCLUSIÓN detalla que “El Fiscal acuerda la interposición de denuncia penal por la total ausencia de información por el citado Ayuntamiento, representando por el Alcalde y el Interventor, sobre las seis solicitudes de información, cursadas a los alargo del año 2018 sobre una concreta petición, al poder ser constitutivos los hechos de un delito contra los derechos cívicos previsto y penado en el Art. 542 del Código Penal.

De la Denuncia de los concejales socialistas se infiere que “Torrecillas, está impidiendo la labor de control y fiscalización de los restantes miembros de la corporación municipal en la forma que la legislación vigente le faculta y le obliga.

No cumple los acuerdos que fueron adoptados en el Pleno Extraordinario del 1 de agosto de 2.018 relativos a la obra que se desarrolla en el Edificio de El Convento, sobre auditorías legales y técnicas de los contratos y proyectos que se ejecutan en relación a la misma.

Se olvida de los escritos del Colegio Oficial de Arquitectos de Almería, de fechas 16 de octubre de 2017 y 28 de Junio de 2018 en las que se comunican de forma fehaciente una serie de irregularidades en el desarrollo de la obra del Convento.

No se tiene constancia del montante económico que está suponiendo la ejecución de dicha obra que podría alcanzar una inversión superior y hasta doblar la cantidad de quinientos mil euros (500.000,00 €), según manifestaciones referidas públicamente en
Pleno por el propio Sr. Torrecillas.

El Sr. Torrecillas no ha presentando el preceptivo proyecto de la obra de rehabilitación que se lleva a cabo en el indicado edificio, conforme a la realidad de los trabajos que efectivamente se están ejecutando, con menoscabo de las condiciones de seguridad y
garantías oportunas.

Siendo Torrecillas la persona que firma los contratos y autoriza los trabajos, lo hace presuntamente con la única finalidad de eludir las más elementales normas de contratación administrativa, dando lugar a un sospechoso fraccionamiento del contrato en cuanto a la contratación de los profesionales intervinientes en la misma, habiendo sido sancionado por Inspección.

Queda patente que no existe expediente de contratación ni de los coordinadores de seguridad de los dos proyectos existentes (reparación de cubiertas e instalación del ascensor), ni de los propios trabajadores (albañiles).

La contratación de trabajadores que la administración inspectora de trabajo califica – y sanciona – como falsos autónomos. Situación ésta perfectamente conocida por el Sr. Torrecillas que a posteriori no combate a sabiendas de que, evidentemente, era sí. El perjuicio ocasionado se cifra en la sanción más en recargo, en total la cantidad de 7.949, 66 € que el propio Consistorio ha abonado.

La denuncia concluye que éste (Torrecillas) ha omitido deliberadamente la ejecución de los trámites legales necesarios propios y previos para llevar a cabo un proyecto de ésta envergadura, ocasionando con ello graves perjuicios al Consistorio, además de evitar un control económico de la propia ejecución de la obra. Todo ello con plena consciencia de dicha irregularidad, imponiendo un criterio arbitrario a toda la actuación, criterio proscrito en el ámbito del derecho local donde todas y cada una de las actuaciones que generan un riesgo o inversión deben ser acompañadas del correspondiente informe técnico y jurídico que las soporte y, por ende, desarrolladas a través del procedimiento administrativo pertinente, procedimiento que en el presente caso se ha soslayado de forma totalmente clara.

El Sr. Torrecillas, es plenamente consciente, que favorece e impulsa la inexistencia de expedientes de contratación necesarios y apropiados a la obra a desarrollar, soslayando las normas más elementales de contratación en el ámbito público y alejando la ejecución de la obra de los más elementales y mínimos controles de legalidad, lo cual supone la base para esconder la información solicitada sobre su conocimiento de la ilicitud de su conducta que ha dado lugar a la incoación de diligencias por Fiscalía, a la que se presume sumaran nuevas actuaciones penales y administrativas como es el caso de las barreras arquitectónicas que impiden el acceso a personas con movilidad reducida y en sillas de ruedas.

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