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ÚLTIMA HORA: Para la Junta Electoral Central se acabaron las chulerías de Torra al que inhabilita y le fuerza a dimitir como presidente de la Generalitat

ÚLTIMA HORA: Para la Junta Electoral Central se acabaron las chulerías de Torra al que inhabilita y le fuerza a dimitir como presidente de la Generalitat
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viernes 03 de enero de 2020, 19:28h
Quim Torra con un pie fuera de la Generalitad de Cataluña, según se desprende del comunicado difundido hoy viernes por la Junta Electoral Central

El primer paso lo dio el Tribunal de Justicia de Cataluña que condenó a Quin Torra a un año y medio de inhabilitación el pasado 19 de diciembre por un delito de desobediencia grave cometido por autoridad pública.

El hecho juzgado fue la negativa de Torra a retirar los lazos amarillos en apoyo a los presos independentistas de edificios del Govern en periodo electoral, tal y como le ordenó la Junta Electoral Central.

Tras la sentencia se solicitó a la Junta Electoral Central que resolviera a favor de su inhabilitación.

La petición se basaba en la aplicación del artículo 6.2 b) de la Ley Electoral : "Los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la de inhabilitación absoluta o especial o de suspensión para empleo o cargo público en los términos previstos en la legislación penal".

Desde la Generalitad el propio Torra quitó importancia a la sentencia diciendo que el único que puede inhabilitarlo es el Parlament Catalán, olvidabdo que la JEC sí puede inhabilitarle, incluso sin que exista sin sentencia firme.

Desde la Junta Electoral pusieron el ejemplo de Canarias a pesar de que la Junta Electoral de Barcelona rechazara inhabilitarle.

Recordemos que en 2016 la Junta Electoral Central ya dejó claro que se inhabilitaría a "cualquier cargo público" condenado por delitos contra la Administración Pública aun cuando la sentencia sea recurrible. Se refería al caso del alcalde de Fuerteventura, Domingo González Arroyo, que estuvo 25 años en el cargo y pretendía mantenerse como cargo público a pesar de haber sido condenado en primera instancia a nueve años de inhabilitación por la adjudicación de una cantera.

La Junta Electoral central afirmó que no podía resolver sobre el caso, que correspondía a la Junta provincial, pero manifestó su criterio, extensible a otros casos.

Hoy la Junta electoral Central ha ordenado retirarle a Torra la credencial de diputado del Parlament y por consiguiente dejará de ser además presidente de la Generalitat de Cataluña


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