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Ana Botella, condenada a pagar 25 M por vender pisos sociales a fondos buitre
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Ana Botella, condenada a pagar 25 M por vender pisos sociales a fondos buitre

viernes 28 de diciembre de 2018, 18:01h

El Tribunal de Cuentas condena la venta de pisos públicos a fondos buitre. Condena a la excaldesa de Madrid, a sus concejales y a al máximo responsable de la EMVS, por el daño causado a las arcas públicas al vender las viviendas por debajo del precio de mercado.

El Tribunal estima parcialmente la demanda ala que ha tenido acceso la Ser, que presentada en 2017 por el Ayuntamiento de Madrid que reclamaba un daño patrimonial por estas operaciones superior a los 55 millones de euros.

En esa demanda el Ayuntamiento reclamaba una restitución del daño económico sufrido por las arcas municipales en dos procesos de venta realizados en octubre de 2013, en plena crisis económica, cuando el consistorio necesitaba hacer caja para tapar la deuda.

La venta se realizó por debajo del precio de mercado tal y como en su día reconocieron los informes de tasación y la Cámara de Cuentas que en 2016 ya alertó de las irregularidades con las que realizaron estas ventas de vivienda pública.

El Tribunal de Cuentas cifra en casi 26 millones de euros los perjuicios ocasionados en los fondos de la empresa y declara responsable contable directo de este daño a Fermín Oslé, que entonces era el máximo responsable de la EMVS.

Al mismo tiempo, se declara responsables contables directos a la exalcaldesa Ana Botella y a todos los concejales del equipo de gobierno en aquel entonces que además formaban parte de la Junta de la EMVS: Concepción Dancausa, Enrique Núñez, Diego Sanjuanbenito, Paz González Dolores Navarro y Pedro Corral. Todos deben asumir el pago solidario de casi 23 millones de euros para restituir el daño.

La sentencia es muy dura con el proceso y detecta, como previamente había hecho la Cámara de Cuentas infinitas irregularidades y no solo por el precio de venta por debajo de su valor. Hubo ausencia de pliegos, no se realizaron los correspondientes estudios técnicos y en los concursos no se garantizó la libre participación a todos los interesados. Básicamente eran procesos ideados para que hubiera un beneficiado.

Los condenados deberán asumir los intereses hasta la ejecución completa de esta sentencia contra la que cabe recurso en un plazo de 15 días.

Los concejales condenados escriben, en un comunicado, que no intervinieron "ni directa ni indirectamente en la operación de venta de viviendas a la que se refiere el Tribunal de Cuentas". Explican que solo ratificaron "el plan de viabilidad que el Consejo de Administración de la EMVS había aprobado".

Van a recurrir la sentencia, no comparten su contenido y recuerdan que "la Fiscalía del propio Tribunal de Cuentas solicitó la desestimación de esta demanda al no apreciar responsabilidad contable".

Un informe de la Cámara de Cuentas concluía que EMVS vendió 1.860 pisos "sin la elaboración de los oportunos pliegos administrativos, sin la preceptiva publicidad y concurrencia y, sobre todo, sin la previa fijación de un precio inicial de referencia basado en una tasación o en un estudio previo adecuado sobre el valor de los inmuebles enajenados".

Además, "el precio de venta de todos estos inmuebles, que estaban sometidos a un régimen de protección pública por razón de su función social, fue inferior al mínimo jurídicamente exigible, que no es otro que el valor máximo posible de venta de las viviendas calificadas como viviendas públicas protegidas (151.211.518 euros), lo que dio lugar a un menoscabo injustificado en el patrimonio público que asciende a 22.711.518 euros".

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