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Impugnada la Asamblea del PSOE de Albox por “Ilegal”

Impugnada la Asamblea del PSOE de Albox por “Ilegal”
Tendra que ser la Comisión de Ética y Garantías Regional y Federal la que de resuelva la impugnación de la Asamblea.

La Comisión de Ética y Garantías Regional y Federal deberán de resolver la impugnación de la Asamblea del PSOE de Albox que a todas luces ha vulnerado los derechos de los afiliados y militantes en una convocatoria “Ilegal”

La Asamblea es NULA DE PLENO DERECHO, insisten los/as militantes Albojenses por incumplir el marco legal interno y verse conculcados los derechos de los afiliados por procedimientos irregulares e ilegales.

La Comisión Ejecutiva del PSOE de Albox y en particular la Secretaria de “desorganización” es la responsable de este cumulo de irregularidades y despropósitos que demuestra su incompetencia y desconocimiento del marco legal interno, denuncian.

Las Alegaciones a que ha tenido acceso Nuevodiario.es se sustentan en: Que, el documento base de la convocatoria del 13 Congreso Provincial, aprobado por el Comité Provincial celebrado en Turre el día 1 de septiembre de 2017, establece en el apartado “proclamación de resultados”, párrafo 6º, que: “las agrupaciones municipales, locales y de distrito deben notificar a los/as militantes la convocatoria y el Orden del Día provisional del 13º Congreso Provincial, así como facilitar la documentación congresual que será remitida por la Comisión Ejecutiva Provincial”.

Continuando en el párrafo siguiente que: “las Asambleas Municipales se celebrarán entre los días 5 y 8 de octubre con el siguiente orden del día:….”

Que el artículo tercero, apartado 3, establece que las reuniones extraordinarias se realizarán cuando lo considere oportuno el órgano ejecutivo…. Indicando el motivo de dicha petición”

Que el artículo 5 del citado Reglamento de Asambleas dispone en su apartado 2 que “la convocatoria de la Asamblea Extraordinaria será remitida con al menos 5 días de antelación notificándolo a toda la militancia por circular enviada por correo postal o cualquier otro medio que permita tener constancia de la misma”.

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